SAP Valencia 1/2008, 14 de Enero de 2008

PonenteEUGENIO SANCHEZ ALCARAZ
ECLIES:APV:2008:91
Número de Recurso459/2007/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución1/2008
Fecha de Resolución14 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

1/2008

Rollo 459/07

SENTENCIA Nº__1______

SECCIÓN OCTAVA

Ilustrísimos Señores:

Presidente, D. Eugenio Sánchez Alcaraz

Magistrados, Dª. Mª Fe Ortega Mifsud

Dª. Carmen Brines Tarrasó

En la ciudad de Valencia, a catorce de Enero de dos mil ocho.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Eugenio Sánchez Alcaraz, los autos de juicio de Nulidad de contratos, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Valencia, con el nº 1287/05, por D. Jorge, Dª. Patricia, D. Rafael, Dª. María Rosario, D. Juan Carlos, Dª. Gabriela, D. Narciso, Dª. Encarna, D. Ismael y Dª. Lina contra la entidades Holidays Caravaning, S.L., Tiempo Holidays Resort, S.L., Club Tiempo Holidays, Ses Fontanellas Plaza Limitada Sucursal en España, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. y Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, sobre "Nulidad de contratos", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación nº 459/07 interpuesto por D. Jorge, Dª. Patricia, D. Rafael, Dª. María Rosario, D. Juan Carlos, Dª. Gabriela, D. Narciso, Dª. Encarna, D. Ismael y Dª. Lina representados por la Procuradora Sra. Soler Gil, Holidays Caravaning, S.L. y Tiempo Holidays Resort, S.L. representados por la Procuradora Sra. Alonso Gimeno y Ses Fontanellas Plaza Limited Sucursal en España representado por la Procuradora Sra. Sin Sánchez.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La Sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia nº 5 de Valencia, en fecha 5 de Diciembre de 2006, contiene el siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por D. Jorge y Dª. Patricia, D. Rafael y Dª María Rosario, D. Juan Carlos y Dª. Gabriela, D. Narciso y Encarna D. Ismael y Dª. Lina contra Tiempo Holidays Caravaning, S.L., Tiempo Holidays Resort, S.L. y Club Tiempo Holidays, declarando la nulidad de los siguientes contratos: 1.- Contrato de fecha 24 de julio del 2004 entre D. Jorge y Dª. Patricia y Tiempo Holidays Caravaning, S.L. 2.- Contrato de fecha 26 de agosto de 2004 entre D. Rafael y Dª. María Rosario y Tiempo Holidays Resorts, S.L. 3.- Contrato de fecha 14 de noviembre de 2004 entre D. Juan Carlos y Dª. Gabriela y Tiempo Holidays Resorts, S.L. 4.- Contrato de fecha 29 de diciembre de 2004 entre D. Narciso y Dª. Encarna y Tiempo Holidays Resort, S.L. 5.- Contrato de fecha 29 de enero de 2005 entre D. Ismael y Lina y Tiempo Holidays Resorts, S.L. 6.- Contrato de afiliación a Club Tiempo Holidays por parte de Jorge y Patricia. 7.- Contrato de afiliación a Club Tiempo Holidays por parte de Rafael y María Rosario. 8.- Contrato de afiliación a Club Tiempo Holidays por parte de Juan Carlos y Gabriela 9.- Contrato de afiliación a Club Tiempo Holidays por parte de Narciso y Encarna. 10.- Contrato de afiliación a Club tiempo Holidays por parte de Ismael y Lina. 11.- Contrato de fecha 24 de julio de 2004 entre Jorge, Patricia y Ses Fontanellas Plaza Ltd Sucursal en España. 12.- Contrato de fecha 26 de agosto de 2004 entre Rafael, María Rosario y Ses Fontanellas Plaza Ltd. Sucursal en España. 13.- Contrato de fecha 14 de noviembre de 2004 entre Juan Carlos, Gabriela y Ses Fontanellas Plaza Ltd Sucursal en España. 14.- Contrato de fecha 29 de diciembre de 2004 entre Narciso, Encarna y Ses Fontanellas Plaza Ltd Sucursal en España. 15.- Contrato de fecha 29 de enero de 2005 entre Ismael, Lina y Ses Fontanellas Plaza Ltd. Sucursal en España. Ello a la vez que se condena a Tiempo Holidays Caravaning S.L. y Tiempo Holidays Resorts S.L. a que abonen solidariamente a los actores las siguientes cantidades: -A D. Jorge y a Patricia 17.891,45 €. -A Club Tiempo Holidays y a Inés 16.730,78 €. - A Juan Carlos y a Gabriela 16.859,39 €. - A Narciso y Encarna 16.564,92 €. - A Ismael y Lina 16.518,45 €. Haciendo mención expresa que el abono de tales cantidades conlleva el de abono de los intereses por mora procesal. Todo ello a la vez que se desestiman las demandas formuladas por los actores contra la entidad BBVA y Caja Madrid. Tal pronunciamiento se hace sin expresa imposición de costas por la intervención de los actores, Tiempo Holidays Caravaning S.L., Tiempo Holidays Resorts, S.L. y Club tiempo Holidays al haberse producido respecto da estos últimos estimación parcial de la demanda y respecto a Ses Fontanellas Plaza Ltd. Sucursal en España, mientras que correrán por cargo de los actores el abono de las costas generadas por la intervención de la entidad BBVA y Caja Madrid, al verse desestimadas las demandas formuladas contra los mismos." Así como el Auto de fecha 1 de Febrero de 2007, cuya Parte Dispositiva dice: "Decido: salvar el error de trascripción haciendo constar expresamente que cuando en el punto primero del fallo hace referencia a Tiempo Holidays Caravaning debe entenderse Tiempo Holidays Resorts, y cuando en los puntos 2 a 5 dice Tiempo Holidays Resorts debe entenderse Tiempo Holidays Caravaning. Declarando la existencia de error de trascripción en el segundo punto de la condena dineraria, señalando la misma a favor de Club Tiempo Holidays y Juan Carlos, cuando los beneficiarios son D. Rafael y Dª. María Rosario, respecto a los cuales se reconoce el derecho a percibir 16.730,78 €. A la vez que se precisa que no existe error en el resto de los puntos designados por las partes como objeto de rectificación o aclaración, con expresa remisión a las precisiones efectuadas en el fundamento jurídico anterior."

Segundo

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por D. Jorge y otros, por las entidades Tiempo Holidays Caravaning, S.L. y Tiempo Holidays Resort, S.L. y por Ses Fontanellas Plaza Limitada Sucursal en España, admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 7 de Enero de 2008.

Tercero

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La sentencia de instancia estimó parcialmente la demanda de juicio ordinario interpuesta por Don Jorge y Doña Patricia, Don Rafael y Doña María Rosario, Don Juan Carlos y Doña Gabriela, Don Narciso y Doña Encarna y Don Ismael y Doña Lina, contra las entidades Tiempo Holidays Caravaning S.L., Tiempo Holidays Resort S.L., Club Tiempo Holidays, Ses Fontanellas Plaza Ltd. Sucursal en España, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. y Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid. En su virtud, declaró la nulidad de los siguientes contratos: 1) De fecha 24 de Julio de 2.004 entre Don Jorge y Doña Patricia y Tiempo Holidays Resort S.L. 2) De 26 de Agosto de 2004 entre Don Rafael y Doña María Rosario y Tiempo Holidays Caravaning S.L. 3) De 14 de Noviembre de 2.004 entre Don Juan Carlos y Doña Gabriela y Tiempo Holidays Caravaning S.L. 4) De 29 de Diciembre de 2.004 entre Don Narciso y Doña Encarna y Tiempo Holidays Caravaning S.L. 5) De 29 de Enero de 2.005 entre Don Ismael y Doña Lina y Tiempo Holidays Caravaning S.L. 6) Contrato de afiliación a Club Tiempo Holidays por parte de Don Jorge y Doña Patricia. 7) Contrato de afiliación a Club Tiempo Holidays por parte de Don Rafael y Doña María Rosario. 8) Contrato de afiliación a Club Tiempo Holidays por parte de Don Juan Carlos y Doña Gabriela. 9) Contrato de afiliación a Club Tiempo Holidays por parte de Don Narciso y Doña Encarna. 10) Contrato de afiliación a Club Tiempo Holidays por parte de Don Ismael y Doña Lina. 11) Contrato de 24 de Julio de 2.004 entre Don Jorge, Doña Patricia y Ses Fontanellas Plaza Ltd. Sucursal en España. 12) Contrato de 26 de Agosto de 2.004 entre Don Rafael, Doña María Rosario y Ses Fontanellas Plaza Ltd. Sucursal en España. 13) Contrato de 14 de Noviembre de 2.004 entre Don Juan Carlos, Doña Gabriela y Ses Fontanellas Plaza Ltd. Sucursal en España. 14) Contrato de 29 de Diciembre de 2.004 entre Don Narciso, Doña Encarna y Ses Fontanellas Plaza Ltd. Sucursal en España. 15) Contrato de 29 de Enero de 2.005 entre Don Ismael, Doña Lina y Ses Fontanellas Plaza Ltd. Sucursal en España. Ello a la vez que se condena a Tiempo Holidays Caravaning S.L. y Tiempo Holidays Resort S.L. a que abonen solidariamente a los actores las siguientes cantidades: A Don Jorge y a Doña Patricia 17.891'54 euros, a Don Rafael y a Doña María Rosario 16.730'78 euros, a Don Juan Carlos y a Doña Gabriela 16.859'39 euros, a Don Narciso y a Doña Encarna 16.564'92 euros y a Don Ismael y a Doña Lina 16.518'45 euros, más los intereses correspondientes por la mora procesal. Todo ello a la vez que se desestiman las demandas formuladas por los actores contra las entidades BBVA y Caja Madrid. Tal pronunciamiento se hace sin expresa imposición de costas por la intervención de los actores, Tiempo Holidays Caravaning S.L., Tiempo Holidays Resort S.L., Club Tiempo Holidays, al haberse producido respecto a estos últimos estimación parcial de la demanda y respecto a Ses Fontanellas Plaza Ltd. Sucursal en España, mientras que correrán por cargo de los actores el abono de las costas generadas por la intervención de las entidades BBVA y Caja Madrid, al verse desestimadas las demandas formuladas contra los mismos. Esta resolución ha sido recurrida en apelación por la parte actora, por Tiempo Holidays Caravaning S.L., Tiempo Holidays Resort S.L. y por Ses Fontanellas Plaza Ltd. Sucursal en España.

Segundo

La parte demandante en su escrito de preparación y cumpliendo la exigencia impuesta por el artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil concretó como pronunciamientos impugnados, de un lado, los contenidos en el fallo de la sentencia que desestima parcialmente la demanda, de otro, la fundamentación establecida por el juzgador para su fallo y, por último, la denegación de pruebas en la audiencia previa (f. 882). Esta impugnación la desarrolla en su apelación a través de nueve...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR