SAP Sevilla 134/2012, 16 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución134/2012
Fecha16 Marzo 2012

Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla

REFERENCIA: VERVAL

JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº3 DE SEVILLA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 884/2011

JUICIO Nº 2338/2009

FALLO

REVOCATORIA

S E N T E N C I A Nº 134/12

PRESIDENTE ILMO. SR.

D. MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D. RAFAEL SARAZÁ JIMENA

Dª FRANCISCA TORRECILLAS MARTINEZ

En la Ciudad de SEVILLA a dieciséis de marzo de dos mil doce.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla,ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 20-9-10, recaida en los autos de 2338/2009 seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº3 DE SEVILLA promovidos por INMOBILIARIA CANUTO SA representado por el Procurador Sr MANUEL J ONRUBIA BATURONE contra CASUAL OBRAS SL representado por el Procurador Sr. CARLOS DEL POZO CORTES, Jose Ignacio y ATENAS SL representados por la Procuradora Sra. ARACELI GUERSI ALI y pendientes en esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte INMOBILIARIA CANUTO SA contra sentencia recaída en autos, siendo Ponente del recurso el Magistrado Iltmo. Sr. Don MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA .

Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida y,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº3 DE SEVILLA cuyo fallo es como sigue: "PRIMERO: Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda de desahucio por precario presentada por el Procurador/a Sr./a Onrubia Baturone en nombre y representación de INMOBILIARIA CANUTO, S.A, contra CASUAL OBRAS, S.L y ATENAS, S.L, y en consecuencia debo absolver y absuelvo a éste último de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

En cuanto a las costas se imponen a la parte actora.

.

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de INMOBILIARIA CANUTO SA que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a este Tribunal y dándose al recurso la sustanciación que la Ley previene para los de su clase, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución, tras la deliberación y votación de este recurso.

TERCERO

Que en la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia desestimó la acción de recobrar la posesión por cuanto que, pese a reconocer la necesidad de la producción de un acto de despojo o perturbación de la posesión, y reconocer también que el demandado había acumulado en la finca colindante del actor restos de talas de árboles y palmeras y tierras procedentes de excavaciones ocupando el 75% de la finca, porque acepta el documento 12 de los aportados con la demanda del que resultan tales hechos, no entendiendo controvertido, por tanto, el vertido, considera no obstante que no concurre el ánimo de despojo dado que constaba la intención del demandado de proceder a su retirada, lo que considera probado por acta notarial, fotografías y facturas. Estas últimas lo único que acreditan es la contratación de cubas para la retirada de lo previamente almacenado, lo que, obviamente, presupone tal almacenamiento y por tanto la invasión de la finca ajena provocando con ello la desposesión del demandante, pues, como queda dicho, fue ocupada en un 75%; las fotografías forman parte del acta notarial de requerimiento al notario a fin de que compruebe el estado actual de la finca y en concreto si se encuentra vallada y con un rótulo que indica "no pasar propiedad privada", y en efecto así...

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