SAP Madrid 3/2012, 16 de Enero de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha16 Enero 2012
Número de resolución3/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID.-SECCIÓN DECIMOQUINTA

ROLLO: Procedimiento Ordinario nº 43 /2010

PROCEDIMIENTO ORIGEN: Sumario nº 8 /2010

JUZGADO DE PROCEDENCIA: Juzgado de Instrucción Nº 36 de Madrid

S E N T E N C I A nº 3

MAGISTRADOS:

D. Carlos Francisco Fraile Coloma

D. Juan Pablo González González (PONENTE)

Dña. Ana Revuelta Iglesias

En MADRID, a dieciséis de enero de dos mil doce.

Este Tribunal ha visto en juicio oral y público la causa arriba referenciada, seguida por un delito contra la salud pública de sustancia que causa un grave daño a la salud. El Ministerio Fiscal ha dirigido la acusación contra: Victoriano, de nacionalidad española, nacido el NUM000 -1987 en Madrid, hijo de Rosario y Jacoba, con D.N.I. nº NUM001 ; representado por la Procuradora Dña. Patricia Fernández Botín y defendido por el Letrado D. Víctor Villar Martínez; Inés, de nacionalidad española, nacida el NUM002 -1958 en Tremor de Arriba (León), con D.N.I. nº NUM003 ; representada por la Procuradora Dña. Patricia Fernández Botín y defendida por el Letrado D. José Luis López Chanes; Claudio, de nacionalidad española, nacido el NUM004 -1959 en Madrid, hijo de Antonio y Manuela, con D.N.I. nº NUM005 ; representado por la Procuradora Dña. María Esperanza Alvaro Mateo y defendido por el Letrado D. Antonio Guerrero Maroto; Guillermo, de nacionalidad española, nacido el NUM006 -1983 en Bogotá (Colombia), hijo de Rafael y Luz Linda, con D.N.I. nº NUM007 ; representado por la Procuradora Dña. Belén Lombardía del Pozo y defendido por la Letrada Dña. María Victoria Garnica Paquet; Norberto, de nacionalidad española, nacido el NUM008 -1986 en Madrid, hijo de Isidoro y Angela, con D.N.I. nº NUM009 ; representado por la Procuradora Dña. Sonia Casqueiro Alvarez y defendido por el Letrado D. José León Cano Uribe y Vidal, de nacionalidad española, nacido el NUM010 -1973 en Granada, hijo de Mariano y María Antonia, con D.N.I. nº NUM011 ; representado por el Procurador D. Javier Zabala Falcó y defendido por el Letrado D. Victoriano Amedo Setién, en sustitución de su compañera Dña. Almudena López Navarro.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - En la vista del juicio oral, celebrada los pasados días 09, 10, 11 y 12 de enero, se practicaron las pruebas propuestas y admitidas a las partes, consistentes en: interrogatorio de los procesados; la testifical, prestando declaración los Policías Nacionales con carnet profesional NUM012, NUM013, NUM014, NUM015, NUM016, NUM017, NUM018, NUM019, NUM020, NUM021, NUM022, NUM023 y NUM024, los Guardias Civiles con TIP NUM025, NUM026, NUM027, NUM028, NUM029 y NUM030 y NUM031, así como D. Felix, D. Iván y D. Miguel ; y la pericial, compareciendo los Policías Nacionales de la Sección Informática con carnet profesional NUM032 y NUM033, el Policía Nacional de la Policía Científica núm. NUM034 y finalmente la pericial de farmacia sobre análisis de la droga intervenida.

  2. - Por el Ministerio Fiscal se calificaron los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública, de sustancia que causa grave daño a la salud y en cantidad de notoria importancia, imputando dicho delito a los procesados y pidiendo para cada uno de ellos la imposición de una pena 9 años de prisión y accesorias.

    En el acto de la vista el Ministerio Fiscal y las defensas de los acusados se elevaron a definitivas sus conclusiones. Únicamente la defensa del procesado Guillermo añadió a la segunda, la vulneración del art.

    24.2 de la Constitución Española, el resto igual.

    HECHOS PROBADOS:

  3. - Los procesados, Norberto, mayor de edad y sin antecedentes penales, Victoriano, mayor de edad y sin antecedentes penales, Vidal, mayor de edad y con antecedentes penales no computables en esta causa, Guillermo, mayor de edad y sin antecedentes penales, y Claudio, mayor de edad y con antecedentes penales por delitos de tráfico de drogas no computables en esta causa, venían dedicándose desde fecha no determinada, pero al menos desde el mes de agosto de 2009 y hasta su detención el día 14 diciembre 2009, a realizar de forma coordinada y de mutuo acuerdo operaciones de tráfico de sustancias estupefacientes procedentes de países sudamericanos, consistentes en la introducción en el territorio nacional de cantidades indeterminadas de cocaína que era enviada y transportada a España oculta en aeronaves que aterrizaban en la Terminal T-4, satélite del aeropuerto de Madrid Barajas.

  4. - En la realización de dichas actividades los procesados aprovechaban la facilidad para el acceso al interior de las aeronaves y para la posterior salida del recinto aeroportuario que les proporcionaba su puesto de trabajo como conductores o limpiadores de la Empresa "MULTISERVICIOS AEROPORTUARIOS" en la que trabajaban Norberto, hasta el 30 de septiembre de 2009, y los procesados Victoriano, Vidal y Guillermo .

  5. - El procesado Guillermo era el encargado de recabar a través de sus contactos en el exterior la información necesaria, para la localización de la droga dentro de los aviones, recibiendo su teléfono móvil NUM046 mensajes de texto remitidos desde números de teléfono de Colombia en los que le comunicaban el envío de sustancia estupefaciente con los datos en clave de la matrícula de la aeronave y en lugar de ocultación de la sustancia, información que inmediatamente trasmitía a los otros procesados ya directamente, ya mediante llamadas o mensajes a sus teléfonos móviles.

    Una vez recibido el anuncio del envío de la sustancia, los procesados se coordinaban mediante continuas llamadas telefónicas para su retirada de los aviones, transporte y posterior entrega a su destinatario, siendo Victoriano y Vidal, así como Norberto hasta que causó baja en la empresa, los encargados de localizar la cocaína en el interior de las aeronaves e introducirla en la furgoneta ....WWW, que conducía habitualmente Vidal . Posteriormente, sacaban la sustancia del recinto aeroportuario en el interior de dichas furgonetas, dirigiéndose hasta una zona cercana de solares y edificios de nueva construcción, donde efectuaban el cambio de vehículo transportando la cocaína en el vehículo Toyota matrícula, propiedad de Inés, trasladándola hasta un garaje sito en la CALLE000 nº NUM035 de Madrid, donde era entregada al procesado Claudio, quien disponía en el mismo de dos plazas de aparcamiento, y se encargaba de su posterior distribución y de pagar al resto de los procesados por su participación, siendo en algunas ocasiones su hijo Guillermo el que por encargo de Claudio recibía la sustancia y pagaba su contraprestación a los otros procesados.

  6. - Así, en las vigilancias y seguimientos policiales, en la observación de las comunicaciones telefónicas entre los procesados y demás datos obtenidos durante la investigación se descubrió la realización por los procesados de los movimientos anteriormente descritos en diferentes días de noviembre y diciembre de 2009.

    En concreto, el día 14 diciembre 2009, en ejecución de un plan previamente concertado se producen los siguientes hechos: El día anterior, Guillermo había recibido su teléfono móvil un mensaje de texto procedente de Colombia asociado a su interlocutor habitual, con la clave " Salvador . .va la ni a chiquita ", información que a su vez transmitió mediante otro SMS al teléfono móvil de Inés, que también utilizaba su hijo Victoriano

    , número NUM036, con el texto " Carmen " coincidiendo las iniciales con la matrícula ICF de la aeronave de Iberia que, procedente de Bogotá, aterrizó en el aeropuerto de Madrid, T-4 satélite, número de vuelo NUM037 .

    En el curso de la mañana alguno o algunos de los procesados que ese día trabajaban en la referida terminal, Guillermo, Vidal o Victoriano, utilizando esa información y aprovechando su facilidad de acceso a las aeronaves, sacaron la cocaína que estaba oculta en el interior de la aeronave y la introdujeron en la furgoneta de Masa, matrícula ....WWW, que habitualmente conducía el procesado Vidal .

    Durante las horas siguientes los procesados mantuvieron diferentes contactos telefónicos para coordinar la salida del aeropuerto con la furgoneta, el traslado reseñado y su entrega al procesado Claudio .

    Así, el procesador Norberto, tras recibir el aviso su hermano Victoriano y contactar con su madre Inés para localizar las llaves del vehículo Toyota, que habían dejado estacionado al efecto en la calle Júpiter en una zona de acceso restringido al tráfico rodado, se dirigió al lugar en el vehículo Golf, matrícula ....RRR

    , propiedad de su hermano Victoriano, que estacionó a las 12,35 horas en la confluencia de las calles Alhóndiga y Doblada. A continuación fue a pie hasta el vehículo Toyota y lo condujo hasta una calle cortada al tráfico, paralela a la calle Doblada. Sobre las 12,43 horas Vidal llamó a Norberto y tras decirles que le estaba esperando, salió del aeropuerto dos minutos después por el punto de control situado junto al Colegio Alemán y la M-13 conduciendo la furgoneta de Masa, matrícula ....WWW hasta donde se encontraba Norberto

    , trasladando la cocaína de la furgoneta al maletero del turismo. Seguidamente, ambos vehículos salieron marcha atrás, regresando Vidal con la furgoneta al aeropuerto y conduciendo Norberto el vehículo Toyota hasta la plaza de Barajas, estacionándolo introduciéndose en un bar hasta las 12,50 horas. Tras intentar contactar telefónicamente en repetidas ocasiones tanto con su hermano Victoriano como con Guillermo, finalmente a las 13,07 horas tras conversación telefónica Norberto sobre las 13,15 horas emprendió la marcha hacia Madrid en el vehículo Toyota. Sobre las 13,40 horas los agentes que formaban parte del dispositivo de vigilancia le interceptaron a la altura del número 500 de la calle Alcalá, cuando se dirigía al garaje sito en la CALLE000 nº NUM035 para hacer entrega de la sustancia al procesado Claudio .

    En el maletero del vehículo Toyota los...

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