AAP Sevilla 39/2012, 2 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución39/2012
Fecha02 Marzo 2012

Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla

REFERENCIA: INCIDENTE (OT)

JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO MIXTO Nº6 DE DOS HERMANAS

ROLLO DE APELACIÓN Nº 6953/2011

JUICIO Nº 520/2009

FALLO

CONFIRMATORIA

AUTO Nº 39

PRESIDENTE ILMO. SR.

D. MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D. RAFAEL SARAZÁ JIMENA

Dª FRANCISCA TORRECILLAS MARTINEZ

En la Ciudad de SEVILLA a dos de marzo de dos mil doce.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla,ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra el auto de fecha 7 de octubre de 2010 recaído en el procedimiento nº 520/2009 seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº6 DE DOS HERMANAS promovidos por

D. Jose Augusto representado por la Procuradora Dª.SARA GONZALEZ GUTIERREZ contra Dª Filomena representada por la Procuradora Dª.MARIA DOLORES RIVERA JIMENEZ, pendiente en esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandada, siendo Ponente del recurso la Magistrada Iltma. Sra. Doña FRANCISCA TORRECILLAS MARTINEZ .

Aceptando los antecedentes de hecho del auto recurrido y,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que seguido el juicio por sus trámites se dictó auto por el Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº6 DE DOS HERMANAS cuya parte dispositiva es como sigue:" ESTIMADO el recurso de reposición interpuesto por D Pablo León Roca, en nombre y representación de Jose Augusto, contra el Auto de 1 de Septiembre de 2010,, REVOCO la misma, dejándola sin efecto, acordando en su lugar no tener por formulado oposición alguna a la reclamación efectuada vía monitorio por el anterior.

Llévese testimonio de la presente resolución a los autos nº 619/10".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de Dª. Filomena que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a este Tribunal y dándose al recurso la sustanciación que la Ley previene para los de su clase, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución, tras la deliberación y votación de este recurso.

TERCERO

Que en la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La actora presentó solicitud inicial de juicio monitorio, en reclamación de la cantidad de 568,37 euros, petición que tenía como fundamento el impago de determinadas facturas emitidas por la parte demandante en una relación de compraventa de mercaderías que había concertado con la parte demandada, cumplimentando así el requisito documental establecido en el art 812.1.2ª de la LEC . La parte demandada presentó escrito en el que manifestaba que no se...

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