STSJ Comunidad de Madrid 221/2012, 16 de Febrero de 2012
Ponente | MIGUEL ANGEL GARCIA ALONSO |
ECLI | ES:TSJM:2012:5319 |
Número de Recurso | 992/2008 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 221/2012 |
Fecha de Resolución | 16 de Febrero de 2012 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
C/ General Castaños, 1 - 28004
33009710
NIG: 28.079.33.3-2008/0104026 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 992/2008 SENTENCIA Nº 221
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA
-----Iltmos Señores:
Presidente .
D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez Magistrados:
D. José Daniel Sanz Heredero
Dña. Elvira Adoración Rodríguez Martí
D. Miguel Ángel García Alonso
Dª Fátima Blanca de la Cruz Mera.
-------------------En la Villa de Madrid, a dieciséis de febrero de dos mil doce.
Vistos por la Sala, constituida por los Señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo nº 992/2008, interpuesto por MAGNOLIA S.P.A, representado por la Procuradora Dª Rosa Sorribes Calle, contra la Resolución de 28-3-2008 desestimatoria del recurso formulado contra la resolución de 12-12-06 que acordó denegar el registro de la marca internacional "MAGNOLIA" (mixta), nº 857.465 para las clases 35 y 41. Ha sido parte demandada la Oficina Española de Patentes y Marcas representado por el Abogado del Estado.
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó demanda, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada, anulando el acto administrativo recurrido.
Que asimismo se confirió traslado al Abogado del Estado que contestó a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
No habiéndose recibido el pleito a prueba, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de diez días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo el día 16 de febrero de 2012, a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.
Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Miguel Ángel García Alonso. FUNDAMENTOS
Se interpone recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 28-3-2008 desestimatoria del recurso formulado contra la resolución de 12-12-06 que acordó denegar el registro de la marca internacional "MAGNOLIA" (mixta), nº 857.465 para las clases 35 y 41.
La Oficina Española de Patentes y Marcas, entendió que no puede convivir con la marca "MAGNOLIA FILMS" en clase 35.
Alega el recurrente diferencias aplicativas, diferencias denominativas
El artículo 6 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas dispone que 1. No podrán registrarse como marcas los signos:
-
Que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos.
-
Que, por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, exista un riesgo de confusión en el público; el riesgo de confusión incluye el riesgo de asociación con la marca anterior.
En este sentido, debe entenderse que la comparación entre marcas se efectuará realizando una valoración global de las similitudes visuales, fonéticas y conceptuales entre las marcas examinadas y teniendo en cuenta la identidad o similitud ente los productos o servicios que distinguen las cualidades intrínsecas de la marca, apreciando que existe riesgo de confusión cuando el público...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS, 6 de Mayo de 2013
...de 2012 por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso número 992/2008 , sobre la marca "Magnolia"; es parte recurrida la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada por el Abogado del ANTECEDENTES DE HECHO Primero "M......