STSJ Comunidad de Madrid 16/2012, 13 de Enero de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 16/2012 |
Fecha | 13 Enero 2012 |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Tercera
C/ General Castaños, 1 - 28004
33009730
NIG: 28.079.33.3-2008/0109598
Recurso nº 4117/2.008
Ponente Sr. Gustavo Lescure Ceñal
Recurrente: Dª. Emilia (Proc. Dª. Myriam González
Fernández)
Demandados: Comunidad de Madrid (Letrado)
Dª. Paloma, D. Feliciano y
Dª. Amelia (Proc. Dª. Andrea De
Dorremochea Guiot)
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
____________
SENTENCIA NÚM. 16.
ILTMO. SR. PRESIDENTE:
D. Gustavo Lescure Ceñal
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:
Dª. Pilar Maldonado Muñoz
D. Rafael Estévez Pendás
En Madrid, a trece de Enero del año dos mil doce.
----------------------------------- Visto el recurso contencioso-administrativo núm. 4117/08 formulado por la Procuradora Dª. Myriam González Fernández en nombre y representación de Dª. Emilia, contra Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid sobre listas de puntuaciones definitivas de fase de concurso de pruebas selectivas para ingreso en Cuerpos de Profesores; habiendo sido partes demandadas la COMUNIDAD DE MADRID representada por Letrado, y Dª. Paloma, D. Feliciano y Dª. Amelia con representación en la Procuradora Dª. Andrea De Dorremochea Guiot. La cuantía del recurso resulta indeterminable.
La referida parte actora promovió el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución reseñada, y seguido el cauce procesal previsto legalmente, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por su orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y de contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos consignados, suplicaron respectivamente la anulación del acto objeto de impugnación y la desestimación de ésta, en los términos que figuran en aquéllos.
Seguido el proceso por los cauces legales, y efectuadas las actuaciones y los trámites que constan en los autos, quedaron éstos pendientes de señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el día 13 de Enero de 2.012.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Gustavo Lescure Ceñal.
Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo por Dª. Emilia contra Resolución de 1.9.08 de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, que confirma en alzada la Resolución de 8.7.08 por la que se anuncia la exposición de las listas conteniendo las puntuaciones definitivas de la fase de concurso en los procedimientos de ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, y Profesores Técnicos de Formación Profesional, y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por funcionarios de los mencionados Cuerpos, convocados por Resolución de 14.2.08 de la misma Dirección General.
Según la Resolución impugnada de 1.9.08, "la parte interesada, aspirante al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad Guitarra, en los procedimientos selectivos citados, muestra su disconformidad interponiendo recurso de alzada contra las puntuaciones definitivas alcanzadas en la fase de concurso, cuya exposición fue anunciada por Resolución de 8 de julio de 2008, mediante escrito de fecha 30 de julio de 2008, en el que solicita, en síntesis, que se le revise la puntuación adjudicada en el apartado 2.4.1 del baremo de méritos que reconoce la valoración de las titulaciones de grado medio de Música y Danza, sosteniendo que deben ser puntuados tanto el título de profesor de guitarra como el diploma de instrumentista alegados". Y en orden a la desestimación de tal recurso de alzada, en la Resolución de 1.9.08 se trascribe informe emitido por el Servicio de Gestión de Profesorado de Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y de Idiomas, que en definitiva viene a manifestar que de los tres títulos aportados por el recurrente para su baremación -Diploma de Instrumentista de Guitarra, Título de Profesor de Guitarra, y Título de Profesor Superior de Guitarra -, solo...
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STS, 11 de Julio de 2013
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