SAP Santa Cruz de Tenerife 539/2007, 11 de Diciembre de 2007

PonenteRUBEN CABRERA GARATE
ECLIES:APTF:2007:2831
Número de Recurso31/2006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución539/2007
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 539

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

DON RUBÉN CABRERA GÁRATE

MAGISTRADOS:

DON JUAN CARLOS TORO ALCAIDE

DON JOSÉ LUIS GONZÁLEZ GONZÁLEZ

En la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, a 11 de diciembre de 2007.

Visto, en nombre de S.M. el Rey, y en juicio oral y público, ante esta Audiencia Provincial, la causa Número 2/2006, procedente del Juzgado de Instrucción Número 3 de Santa Cruz de Tenerife, Rollo nº 31/2006 de esta Sala, por el delito contra la Salud Pública contra Benedicto de 37 años de edad, hijo de Antonio y de Agustina, de estado civil soltero, de profesión Disc-Yokey, natural de Santa Cruz de Tenerife y vecino de La Laguna, con instrucción, sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en prisión provisional por esta causa por Auto de 7 de diciembre de diciembre de 2005. Contra José de 37 años de edad, hijo de Servando y de María, de estado civil soltero, de profesión vendedor, natural de Santa Cruz de Tenerife y vecino de Santa Cruz de Tenerife, con instrucción, sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en prisión provisional por esta causa por auto de 7 de diciembre de 2005. Contra Carlos Ramón de 32 años de edad, hijo de José Manuel y de Elisa, de estado civil soltero, de profesión comercial, natural de Santa Cruz de Tenerife y vecino de Santa Cruz de Tenerife, con instrucción, sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa. Contra Arturo de 33 años de edad, hijo de Arturo José y de Juana María, de estado civil soltero, de profesión litografía, natural de La Laguna y vecino de La Laguna, con instrucción, sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en prisión provisional por esta causa por auto de 7 de diciembre de 2005. Contra Iván, de 25 años de edad, hijo de Mario y de Candelaria, de estado civil soltero, de profesión transportista, natural de La Laguna y vecino de Santa Cruz de Tenerife, con instrucción, sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa. Contra Jose Augusto, de 41 años de edad, hijo de Servando y de Carmen, de estado civil soltero, de profesión repartidor, natural de Santa Cruz de Tenerife y vecino de Santa Cruz de Tenerife, con instrucción, sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en libertad por esta causa. Contra Alejandro, de 33 años de edad, hijo de Ricardo y de Mercedes, de estado civil soltero, de profesión cartelista, natural de Barcelona y vecino de la Laguna, con instrucción, sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y prisión provisional por esta causa por Auto de 7 de

diciembre de 2005 y, contra Jesús, de 27 años de edad, hijo de Ricardo Jesús y de María Amparo, de esta civil soltero, de profesión camarero, natural de Colombia y vecino de La Laguna, con instrucción, sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa, representados por los Procuradores de los Tribunales, Dña. Montserrat Padrón García; D. Jorge Lecuona Torres; Dña. María Jesús Ortega Padilla; D. Miguel Andrés Rodríguez López; Dña Montserrat Padrón García; Dña. Cristina Togores Guigou; Dña. Beatriz Ripollés Molowny y D. José Llorca Rodrigo y defendidos por los Letrados D. Raúl Norberto Esains; D. José Corsino García Busto, D. Francisco Javier Valdivia Palau, D. Jesús León Arencibia; D. Manuel Ollé Sesé; D. Pablo Jesús García Cruz; Dña. Camino Allende Riera y D. Juan Pedro, en cuya causa es parte acusadora el MINISTERIO FISCAL, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON RUBÉN CABRERA GÁRATE

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se declaran expresa y terminantemente probados los siguientes hechos: Los acusados José, mayor de edad y sin antecedentes penales: Alejandro, mayor de edad y con antecedentes penales no computables en esta causa, Arturo, mayor de edad y sin antecedentes penales; e Benedicto, mayor de edad y sin antecedentes penales; puestos de acuerdo para llevar a cabo una operación consistente en la adquisión y transporte desde Bruselas, para su posterior distribución, de una cantidad importante de pastillas de "extasis", entablaron numerosos contactos telefónicos para los preparativos del viaje a Bélgica. Y así el día 27 de noviembre de 2005 los acusados Benedicto, Alejandro y José acudieron a la agencia de viajes T.V.I, S.L. sita en los apartamentos Park Club Europa en Arona, donde adquirieron billetes con destino a Bruselas, de modo que el día 2 de diciembre siguiente los acusados José y Alejandro partieron del aeropuesto Reina Sofía en el vuelo NUM005 de la compañía Jet Air con destino a Bruselas, donde compraron 37.400 pastillas de éxtasis por el precio de 20.000 euros; regresando a Tenerife con las pastillas de éxtasis recien adquiridas en el vuelo NUM006 de fecha 4 de diciembre de 2005.

El día 4 de diciembre de 2005 el acusado Benedicto se puso en contacto a través del teléfono móvil judicialmente intervenido, propiedad del acusado José, con el acusado Arturo, que había participado en la financiación de la compra de las pastillas de éxtasis, informándole de la llegada de los dos acusados que se habían trasladado a Bélgica y concertando una cita para que éste último pasase a recoger la droga, quedando posteriormente los tres acusados en el domicilio del segundo de ellos, sito en la calle DIRECCION002 nº NUM004 - NUM003 izquierda en el barrio lagunero de San Matías.

Alertada la policía judicial que conocía los planes de los acusados y la llegada de las pastillas de éxtasis por medio de los seguimientos y las escuchas de los teléfonos de los acusados que se encontraban judicialmente intervenidos, procedió a la detención de los implicados y al registro de los domicilios que a continuación se indican.

El día 4 de diciembre de 2005 una comisión judicialmente autorizada procedió a la entrada y registro de la vivienda donde se encontraban los acusados José, Jose Augusto y Carlos Ramón, cada uno en su habitación, y éstos dos últimos ajenos al viaje que acababa de realizar el tercero, sita en la calle DIRECCION002 nº NUM004 - NUM003 izquierda de San Matías (La Laguna), donde la policía judicial intervino en el interior de una maleta de color rojo que se encontraba encima del armario de la habitación del acusado José, treinta y cuatro bolsas que contenían un total de 32.693 pastillas de metilendioximetilanfetamina (M.D.M.A), de los logotipos "Corona de rolex" y "Mitsubishi", con los siguientes pesos y riquezas: 15.670 pastillas con un peso de 2.992,6 gramos al 26,40%; 10.389 pastillas con un peso de 2.388,7 gramos al 30,09%; 6.634 pastillas con un peso de 1.359,6966 gramos al 32.18%, con cuya venta en el mercado de consumidores los acusados pretendían obtener un ilícito beneficio económico de 268.630,40 euros.

Sobre las 4,35 horas del mismo día 4 de diciembre la policía judicial procedió a la detención del acusado Arturo, cuando se dirigía a casa del acusado Benedicto para hacerse cargo de parte de las pastillas de éxtasis que había encargado para proceder a su distribución, interviniéndose en su poder 1.290 euros que llevaba en su cartera.

Ese mismo dia, una comisión judicialmente autorizada procedió a la entrada y registro de la vivienda del acusado Benedicto, sita en la calle Obispo DIRECCION003, bloque NUM002 -A, piso NUM002 - NUM003 en Finca Pacho (La Laguna), donde la policía judicial intervino un envoltorio con 24,0168 gramos de hachís con una riqueza del 7,97% del principio activo tetrahidrocannabinol.

Sobre las 15,20 horas del día 5 de diciembre de 2005 una comisión judicialmente autorizada procedió a la entrada y registro de la vivienda del acusado Jesús, sita en la calle DIRECCION000 Nº NUM000, Camino de la Villa (La Laguna), donde la policía judicial intervino un trozo de hachís con un peso de 1,7899 gramos y una riqueza del 6,86% del principio activo tetrahidrocannabinol, y una caja de puros con canabis sativa-marihuana, con pesos y purezas de 16 gramos al 1,48% y 1,4856 gramos al 5,54% del principio activo tetrahidrocannabinol, respectivamente.

El día 5 de diciembre de 2005 una comisión judicialmente autorizada procedió a la entrada y registro de la vivienda del acusado Iván, sita en la calle DIRECCION001, nº NUM001, portal NUM002, piso NUM003, vivienda 32, de Santa Cruz de Tenerife, donde la policía judicial intervino un recorte de plástico que contenía 35,7542 gramos de M.D.M.A. con una riqueza de 39,33%, un trozo de 94,4 gramos de hachís con una riqueza del 6,39% del principio activo tetrahidrocannabinol, drogas que ocultaba preparadas para su venta, y con las que podría haber obtenido un ilícito beneficio económico de 357 euros con el M.D.M.A. y 425 euros con el hachís.

Sobre las 19,50 horas del día 5 de diciembre de 2005 una comisión judicialmente autorizada procedió a la entrada y registro de la vivienda del acusado Alejandro, sita en la Calle Palmera nº NUM002, eidificio el Coral, vivienda Nº NUM000, de Candelaria, donde la policía judicial intervino dos plantas de marihuana, con un peso de 1,6100 de canabis sativa-marihuana, con una riqueza del 6,72% del principio activo tetrahidrocannabinol, un trozo de hachís con un peso de 4,5063 gramos y una riqueza del 6,70% del principio activo tetrahidrocannabinol.

No consta acreditado que el acusado Jose Augusto conociera ni facilitara materialmente la importación de pastillas de éxtasis que desde Bélgica había efectuado su hermano el acusado José, ni que estuviera encargado de suministrarlas a otros intermediarios ni directamente a terceros consumidores.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal, al elevar a definitivas sus conclusiones, calificó los hechos procesales como constitutivos de: a) Un delito agravado contra la Salud Pública, de los artículos 368 y 369.6º y 10º del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud; y b) Un delito contra la salud pública, del ...

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