SAP Granada 2/2010, 19 de Enero de 2010

JurisdicciónEspaña
Fecha19 Enero 2010
Número de resolución2/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL

(Sección 1ª)

GRANADA

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Srs. del margen, ha pronunciado, en nombre del Rey, la siguiente

-SENTENCIA NÚMERO 2- Juzgado número cuatro de Granada

P.A. número 265/2008

Rollo número 84/2009

Iltmos. Srs.

Don Jesús Flores Domínguez

Doña Rosa María Ginel Pretel

Doña Maravillas Barrales León

En la ciudad de Granada a 19 de Enero de 2010.

Visto en juicio oral y público, ante la Sección Primera de esta Audiencia, el P.A. procedente del Juzgado de Instrucción número cuatro de Granada, con el número 265/2008, por delito contra la salud pública, entre partes, de la una el Ministerio Fiscal, y de la otra, como acusadas, Camino, con D.N.I. NUM000, nacida el 4 de Mayo de 1930, casada, natural de Caniles, vecina de Granada, C/ DIRECCION000 número NUM001, sus labores, hija de Juan y de Carmen, con instrucción, con antecedentes penales, cuya solvencia no consta, y en libertad provisional de la que no consta privada por esta causa, representada por la Procuradora Sra. Cortés Juristo y defendida por el Letrado Sr. López Guarnido y Olga, con D.N.I. NUM002, nacida el 12 de Abril de 1952, casada, natural de Granada y vecina de Granada, C/ DIRECCION001, número NUM003, piso NUM004, puerta NUM005, sus labores, hija de Juan y de Encarnación, con instrucción, con antecedentes penales, cuya solvencia no consta, y en libertad provisional de la que no consta privada por esta causa, representada por la Procuradora Sra. Cortés Juristo y defendida por la Letrada Sra. López Cortés; actuando como ponente el magistrado Iltmo. Sr. Don Jesús Flores Domínguez.

-ANTECEDENTES DE HECHO-

PRIMERO

Son hechos probados que sobre las 12,30 horas del día 21 de Febrero de 2008 se practicó, en el domicilio sito en la C/ DIRECCION000 número NUM006 de Granada, una diligencia de entrada y registro judicialmente autorizada con el siguiente resultado:

En el salón de la vivienda se encontraban 53 pastillas de metadona: 39 de ellas se encontraban en el interior de una bombonera sita dentro de un mueble acristalado ubicado en el salón, y el resto se encontraba en otra bombonera sita en otro mueble también ubicado en el salón. En la cocina se encontraron 6 bolsas de plástico de color verde y un número indeterminado de bolsas de plástico transparentes y de color azul y algunos recortes de bolsas.

Camino tenía en su poder mil ciento setenta euros fraccionados en diez y ocho billetes de cincuenta euros, un billete de cien euros, cinco billetes de veinte euros, seis billetes de diez euros y dos billetes de cinco euros. Olga tenía en su poder ciento setenta y cinco euros fraccionados en dos billetes de cincuenta euros, tres billetes de veinte euros, un billete de diez euros y once billetes de cinco euros.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud previsto y castigado en el artículo 368 del C.P ., y, reputando responsable de dicho delito en concepto de autoras a las acusadas, y...

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