STSJ Comunidad de Madrid 369/2010, 24 de Mayo de 2010
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 369/2010 |
Fecha | 24 Mayo 2010 |
RSU 0003941/2009
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3
MADRID
SENTENCIA: 00369/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO SOCIAL
MADRID
Sección Tercera
Secretaría Sr. Fariñas Matoni
Recurso nº 3941/09
Sentencia nº 369/10-AF
Ilmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero
Presidente
Ilma.Sra. Dña. Josefina Triguero Agudo
Ilma. Sra.Dña. Emilia Ruiz Jarabo Quemada
En Madrid, a veinticuatro de Mayo de dos mil diez
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de suplicación nº 3941/09 interpuesto por D. Augusto (representada por su madre Dña. Olga ), asistido por el Letrado D. José Joaquín Domínguez García, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 25 de los de MADRID, en los autos nº 412/07, ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. Josefina Triguero Agudo.-
Que según consta en los autos nº 412/07 del Juzgado de lo Social nº 25 de los de Madrid, se presentó demanda por D. Augusto (representado por su madre Dña. Olga ), contra el Servicio Madrileño de la Salud (SERMAS), en materia de Reintegro de Prótesis, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en fecha ocho de mayo de dos mil ocho en los términos siguientes: Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada en interés del menor D. Augusto, por su madre Doña Olga, en reclamación de gastos médicos, contra el Servicio Madrileño de Salud, debo declarar y declaro ajustada a derecho las Resoluciones impugnadas, objeto de autos, a quien debo absolver y absuelvo de las pretensiones del actor contenidas en su demanda.-SEGUNDO.- En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:
El menor demandante D. Augusto, nacido el 2 de Agosto de 2006, es hijo Pablo y Olga y sufre una deformación denominada "plagiocefalia craneal severa ", que también afecta a la cara.
Al menor demandante fue tratado por el Servicio de Neurocirugía del Hospital Universitario Gregorio Marañón, desde el 22 de Diciembre de 2006 hasta el 27 de Julio de 2007, prescribiendo prótesis de remodelación craneofacial, para su corrección. La prótesis fue realizada por "Ortopedia Salgado", conforme a las especificaciones indicadas, consistiendo en prótesis de restauración de cara incluyendo nariz y/o pabellones auriculares y/o globos oculares Por dicha intervención se abonó 735,69 euros.
Con fecha 19 de Febrero de 2007, los representantes del menor formularon reclamación de reintegro al SERMAS.
Por Resolución de 26 de Febrero de 2007, el Sermas denegó el reintegro de gastos del catálogo 06303003, de ortesis craneal, en base a que el apartado 2 del Anexo VI del RD 1030/2006, que establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y procedimiento para su actualización (BOE 16/9/2006 ), definía las prótesis externas como "producto sanitario que requería una elaboración y/o adaptación individualizada y que, dirigido a sustituir total o parcialmente un órgano o una estructura corporal o su función no precisa de implantación quirúrgica en el paciente", definiendo asimismo, la ortesis como "producto sanitario de uso externo, no implantable que, adaptado individualmente al paciente, se destina a modificar las condiciones estructurales o funcionales del sistema neuromuscular o del esqueleto". Teniendo los cascos craneales la consideración de ortesis craneales, no de prótesis de restauración de cara (nariz, pabellones auriculares o globos oculares.
Formulada reclamación previa el 16 de Marzo de 2007, en base a que con fecha 1 de Marzo de 2007 se había...
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STS, 7 de Octubre de 2011
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