SAP Granada 329/2010, 19 de Mayo de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución329/2010
Fecha19 Mayo 2010

AUDIENCIA PROVINCIAL

(Sección 1ª)

GRANADA

APELACIÓN PENAL NÚMERO 113 de 2010.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚMERO 146 de 2009.

JUZGADO DE LO PENAL NÚMERO UNO DE GRANADA.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Srs. relacionados al margen, ha pronunciado, en nombre del Rey, la siguiente

-SENTENCIA NÚMERO 329- ILTMOS. SRS:

DON CARLOS RODRÍGUEZ VALVERDE.

DON JESÚS FLORES DOMÍNGUEZ.

DOÑA MARAVILLAS BARRALES LEÓN.

En Granada a 19 de Mayo de 2010.

Examinado, deliberado y votado en grado de apelación por la sección primera de esta Audiencia Provincial, el procedimiento abreviado número 146 de 2.009, del Juzgado de lo Penal número uno de los de esta capital, por un delito contra la propiedad intelectual, siendo parte, además del Ministerio Fiscal, como apelantes, Carlos Daniel, representado por la Procuradora Sra. de Rojas Torres y defendido por el Letrado Sr. Salas Martínez y Carlos, representado por la Procuradora Sra. Bureo Ceres y defendido por el Letrado Sr. Salas Martínez; actuando como ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don JESÚS FLORES DOMÍNGUEZ.

-ANTECEDENTES DE HECHO- PRIMERO.- Por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal número uno de los de Granada se dictó sentencia con fecha 29 de Enero de 2010 en la cual se declaran probados los siguientes hechos: "Que Carlos Daniel y Carlos, mayores de edad y sin antecedentes penales y sin residencia legal acreditada en España, sobre las 12.30 horas del día 20 de febrero de 2009 y con ánimo de lucro ilícito, tenían instalado cada uno puesto de venta de discos Cds musicales y DVDs de películas en la Calle Francisco Dalmau, próximo al Centro Comercial Alcampo de esta ciudad, hasta que fueron abordados por agentes de Policía Local que les intervinieron a Carlos 150 DVDS de películas y 156 CDS musicales y a Carlos Daniel 90 DVDs de películas y 137 CDs musicales, resultando todos segunda copias obtenidas sin licencia de los titulares de los derechos de autor. De los perjudicados, solo EGEDA asistió ajuicio reclamando 2725 euros a Carlos y 1035 a Carlos Daniel por los perjuicios calculados de acuerdo a la perdida de expectativas comerciales".-SEGUNDO.- La parte dispositiva de dicha resolución expresa textualmente: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Carlos Daniel y a Carlos como autores de un delito contra la propiedad intelectual, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a meses de prisión, con privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, que se sustituyen por expulsión por diez años, doce meses de multa con cuota de seis euros o un día de arresto sustitutorio por cada dos cuotas impagadas, pago de las costas a que indemnicen a EGEDA en 2725 euros Carlos y en 1035 Carlos Daniel .- Le serán de abono, en su caso, para el cumplimiento de dicha condena todo el tiempo que haya estado...

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