SAP Navarra 160/2010, 26 de Julio de 2010

PonenteAURELIO HERMINIO VILA DUPLA
ECLIES:APNA:2010:997
Número de Recurso266/2008
ProcedimientoAPELACIONES JUICIOS ORDINARIOS
Número de Resolución160/2010
Fecha de Resolución26 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 3ª

S E N T E N C I A Nº 160/2010

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. AURELIO VILA DUPLÁ

D. JESÚS SANTIAGO DELGADO CRUCES

En Pamplona, a 26 de julio de 2010.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 266/2008, derivado del Procedimiento ordinario nº 37/2008, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Tafalla ; siendo parte apelante, la demandada, FRIGORIFICOS DE NAVARRA, S.A., representada por la Procuradora Dª Ana Muñiz Aguirreurreta y asistida por el Letrado Sr. Garcia Gil- Fournier; parte apelada, la demandante SISTEMA DE ALMACENAJE DE GALICIA, S.L., representada por el Procurador D. Ricardo Beltrán García y asistida por la Letrado Dª Paula Viqueira Pérez.

Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D AURELIO VILA DUPLÁ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 20 de octubre 2010, el referido Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Tafalla dictó Sentencia en Procedimiento ordinario 37/2008, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"1.- QUE ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Laplaza, en nombre y representación de SISTEMAS DE ALMACENAJE DE GALICIA S.L., frente a FRIGORÍFICOS DE NAVARRA S.A., sobre reclamación de cantidad por importe de 134.560 euros, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la citada demandada a que una vez que sea firme esta resolución pague al actor la cantidad de 134.560 euros, más los intereses legales de esta cantidad desde la fecha de la presentación de la demanda (17 de enero de 2.008) hasta la fecha de esta sentencia y esos mismos intereses incrementados en dos puntos desde la fecha de esta resolución hasta la fecha del completo pago, con condena en las costas derivadas de este procedimiento a la parte demandada.

2.- QUE DESESTIMANDO la demanda reconvencional interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. Irujo, en nombre y representación de FRIGORÍFICOS DE NAVARRA S.A., frente a SISTEMAS DE ALMACENAJE DE GALICIA S.L., sobre reclamación de cantidad por importe de 81.446,30 euros, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la parte actora reconvenida de los pedimentos efectuados en su contra, con condena en las costas derivadas de esta reconvención a la parte demandada reconviniente.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de APELACIÓN que deberá prepararse ante este juzgado en los cinco días siguientes a su notificación y que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Navarra. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

TERCERO

Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de FRIGORIFICOS DE NAVARRA, S.A..

CUARTO

La parte apelada, SISTEMA DE ALMACENAJE DE GALICIA, S.L., evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando la confirmación de la sentencia de instancia.

QUINTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a esta Sección Tercera, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil ya referido, habiéndose realizado el señalamiento correspondiente para deliberación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los antecedentes de hecho necesarios para resolver esta apelación son los siguientes:

  1. La entidad mercantil Sistemas de Almacenaje de Galicia, S.L. (en adelante Saga) remitió el día 18 de diciembre de 2.006 una oferta a la entidad mercantil Frigoríficos de Navarra, S.A. (en adelante Frinavarra) cuyo objeto era el suministro de estanterías de la serie RACK de paletización para bases móviles, a instalar en la nave núm. 13 (documento núm. 1 contestación-reconvención).

    Dentro de las condiciones de contratación se hacía constar que la carga a soportar era de "3.500 kg/ mód de 3 palet" (pág núm 1).

    También, en cuanto a los "materiales y acabado", que sería de "acero de primera calidad conformada en frío. Denominaciones de acero según EN 10025:1994; EN 10147:1991/A1:1995; UNE 36-080-73, cumpliendo las normas FEM vigentes." (pág núm. 7).

    Y que el precio ascendía a la cantidad de 290.000 euros, Iva no incluido, a pagar en tres plazos (pág núm. 7).

  2. La oferta fue aceptada por Frinavarra el día 11 de enero de 2.007 (documento núm. 1 demanda), indicando que debería "procederse al montaje entre 16 de abril y 18 de mayo próximos, a la vez que Gama procede a la colocación de sus bases móviles, siendo imprescindible una exacta coordinación".

  3. Durante la realización de los trabajos existieron varias "reuniones de obra" de los empleados de Frinavarra, Saga y Gama, empresa ésta encargada del suministro de las bases móviles, levantándose las correspondientes Actas.

    c1 En el Acta de la reunión de obra celebrada el día 31 de enero de 2007 (documento núm. 2 contestación-reconvención) se hace constar, en relación a "las firmas GAMA y SAGA estanterías", que "se organiza el programa del montaje de las vías y bases móviles, siendo la fecha de inicio el día 19 de marzo de 2007".

    c2 En el Acta de la reunión de obra celebrada el día 28 de marzo de 2007 (documento núm. 3 contestación-reconvención), en relación a las "Fechas para SAGA y GAMA", se hace constar:

    "Gama montará-nivelará 1ª tanda de raíles los días del 9 al 13 de abril.

    Gama montará-nivelará 2ª tanda de raíles los días del 23, 24 y 25 de abril.

    Gama montará las bases de la 1ª fase a partir del día 23 de abril.

    Gama montará las bases de la 2ª fase a partir del día 2 de mayo.

    Saga comenzará el montaje de las estanterías el 16 de abril en la zona de muelles y a partir del día 23 de abril en cámara.

    Saga iniciará el montaje de las estanterías de la cámara 8, la última semana de Junio, para lo que se estima una duración de 3 o 4 semanas".

    c3 En el Acta de la reunión de obra celebrada el día 25 de abril de 2007 (documento núm. 4 contestaciónreconvención) se hace constar:

    "15. Se solicita a Saga el plan de prevención correspondiente a la sub-contrata.

    16. Se comenta por parte de la propiedad el retraso en los trabajos de Gama, los cuales estaban comprometidos para el pasado día 23 de abril". c4 En el Acta de la reunión de obra celebrada el día 10 de mayo de 2007 (documento núm. 5 contestación-reconvención) se hace constar:

    "1. Se reclama de Gama y Saga los nuevos plazos de montaje, después de los retrasos acumulados. Por parte de Gama se indica que difícilmente se podrá terminar el montaje antes del viernes 22 de junio. No obstante, está previsto trabajar sábados y domingos a partir de que todo el material se encuentre en obra, ya que los retrasos que se han producido es precisamente por problemas en el programa de producción.

    2. Se sugiere la posibilidad de realizar el montaje de la mitad de la cámara al completo, para poner ésta en funcionamiento el próximo día 28 de mayo. Y si las necesidades de los clientes de Frinavarra así lo exigieran, se pondría la cámara en marcha y habría que terminar el resto del montaje con frío en la cámara".

    c5 En el Acta de la reunión de obra celebrada el día 23 de mayo de 2007 (documento núm. 6 contestación-reconvención) se hace constar:

    "2. Se reclama de Gama y Saga los plazos de montaje. La posibilidad de realizar el montaje de la mitad de la cámara al completo, continúa en firme. Estarán terminados de 10 a 12 carros para el lunes 28 de mayo; el resto estarán listos para el 30 o 31 de mayo.

    4. Se solicita confirmación sobre el montaje de las estanterías de la cámara 8, y se indica que el próximo día 28 de mayo el Sr. Victorino estará en Frinavarra para iniciar el montaje.

    7. Se acuerda dar prioridad a la terminación de un nicho, para iniciar la bajada de temperatura de la nueva cámara a partir del próximo viernes, y mantener la cámara por encima de 0 grados hasta el jueves 31 de mayo, día que se iniciará la bajada gradual, y por etapas, de la temperatura, hasta conseguir los -20 C el día 4, fecha en que se iniciará la recepción de mercancía".

    c6 En el Acta de la reunión de obra celebrada el día 18 de junio de 2007 (documento núm. 7 contestaciónreconvención) se hace constar:

    "4. Al término del montaje de las bases del último sector, Gama se retirará de la obra durante una semana, para que Saga monte el máximo nº de estanterías (3 o 4 carros por semana).

    5. Saga se compromete a adelantar el montaje de los voladizos, de las dos zonas restantes, si el trabajo de Gama así lo requiriera.

    6. Saga se compromete a terminar todos los trabajos en menos de cinco semanas, a partir del 25 de junio, lo que representa haber terminado todos sus trabajos el 27/07/07.

    7. Saga solicita se le habilite una nueva zona para poder realizar el montaje de escalas.

    8. Saga se compromete a terminar igualmente el montaje de la cámara 8 en los próximos 9 días".

  4. En la ejecución de las estanterías de la nave núm. 13 Saga empleó largueros fabricados por la

    empresa Arestant.

    El peso medio de un larguero de Arestant es de unos 21 kg y está integrado por dos perfiles unidos mediante dos puntos de soldadura de 1 cm cada uno a lo largo del perfil en las líneas de solape (Pág. 16 del dictamen emitido por el perito judicial).

    En la ejecución de las estanterías de la nave colindante Saga había empleado largueros fabricados por la empresa Esmena.

    El peso medio de un larguero de Esmena es de unos 21 kg y está integrado por dos perfiles unidos mediante 8 puntos de soldadura de 2 cm. (Pág. 16 del dictamen emitido por el perito judicial).

    La instalación de las estanterías en la nave múm. 13 finalizó el día 27 de julio de 2.007.

    Al deformarse algunos largueros (documentos núm. 8 y 9 contestación...

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