STSJ Comunidad Valenciana 1090/2007, 2 de Noviembre de 2007
Ponente | MARIANO MIGUEL FERRANDO MARZAL |
ECLI | ES:TSJCV:2007:5644 |
Número de Recurso | 526/2004/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1090/2007 |
Fecha de Resolución | 2 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
1090/2007
Recurso número 526/2.004
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia número 1090/2.007
Ilmos. Sres.
Presidente
Don Mariano Ferrando Marzal
Magistrados
Don Rafael Manzana Laguarda
Don Juan Climent Barberá
___________________________
En la Ciudad de Valencia, a dos de noviembre de dos mil siete.
Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso contencioso-administrativo número 526/2.004 interpuesto por la entidad Autopistas del Sureste, Concesionaria Española de Autopistas S.A. representada por la Procuradora Doña Florentina Pérez Samper y defendida por el Letrado Don Luis Corno Caparrós, contra Resolución del Conseller de Territorio y Vivienda de fecha 4 de febrero de 2.004 por la que se aprobaba definitivamente la Homologación y Plan Parcial Sector "Lomas de Cabo Roig" del Municipio de Orihuela (Alicante); habiendo sido parte, como demandadas, la Administración de la Generalidad Valenciana, representada y defendida por el Letrado de la Generalidad, y el Ayuntamiento de Orihuela (Alicante), representado por la Procuradora Doña Paula María Ramón Pratdesaba.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Mariano Ferrando Marzal.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al actor para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase Sentencia por la que:
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Se anulase y dejase sin efecto el Acuerdo recurrido declarando en su lugar:
a).1- La inclusión de la superficie ocupada por el trazado de la Autopista AP-7 en la delimitación del Sector "Lomas de Cabo Roig" del Municipio de Orihuela, a los efectos de su inclusión como superficie computable (Área de Reparto), reconociendo sus derechos urbanísticos en el citado Sector.
a).2- La redelimitación de la red viaria del Sector "Lomas de Cabo Roig" del Municipio de Orihuela posibilitando su conexión, que no exclusión, con la Autopista de Peaje AP-7, en orden a formar una red viaria unitaria y no alternativa a la citada Autopista.
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Se condenase a la Administración demandada al abono de las costas causadas en la presente instancia.
El Letrado de la Generalidad contestó a la demanda mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase sentencia por la que se desestimase el recurso.
El Ayuntamiento de Orihuela contestó a la demanda mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase sentencia por la que se declarase la inadmisibilidad del recurso en el punto a.1 de la súplica de la demanda, y en su defecto lo desestimase junto con lo interesado en el extremo a.2 de la expresada súplica, absolviendo en todo caso a la Administración de las pretensiones de adverso deducidas, todo ello con expresa condena en costas al amparo del artículo 139 de la Ley Jurisdiccional.
Habiéndose recibido el proceso a prueba se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a éstas para que formulasen conclusiones escritas, quedando los autos, una vez evacuado dicho trámite, pendientes de señalamiento para votación y fallo.
Se señaló fecha para la votación y fallo del recurso habiendo tenido lugar el día fijado a tal efecto.
En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra la Resolución del Conseller de Territorio y Vivienda de fecha 4 de febrero de 2.004 por la que se aprobaba definitivamente la Homologación y Plan Parcial Sector "Lomas de Cabo Roig" del Municipio de Orihuela (Alicante). La razón argumental de la impugnación se basa en el hecho de que dicho sector no integra en su ámbito de actuación, con el resto de los sistemas viarios, el trazado de la Autopista A-7, sino que crea una red viaria alternativa ilegal, y postula la anulación del acuerdo recurrido y que se declare, en su lugar, la redelimitación de la red viaria del Sector Lomas de Cabo Roig, posibilitando su conexión, que no exclusión, con la Autopista de peaje A-7, en orden a formar una red viaria unitaria y no alternativa a la citada Autopista.
Este Tribunal en el Recurso 530/2.004 en los que se debate una cuestión idéntica a la que aquí nos ocupa, ha dictado la Sentencia 1.133/2.006 de 17 de noviembre, en la que se afirma:
"La parte actora expone que resultó adjudicataria de la concesión administrativa para la construcción y explotación de la Autopista de Peaje Alicante- Cartagena, habiéndose procedido a la aprobación definitiva de una serie de instrumentos de planeamiento y gestión del suelo, entre ellos la Homologación y Plan Parcial Sector 1/PAU-9 El Garbanzuelo, tras la adjudicación, construcción y puesta en funcionamiento de la Autopista de peaje AP-7; y en relación con el acto impugnado plantea que no obstante la patente inclusión del suelo ocupado por la Autopista en el ámbito del primigenio PAU-9, la posterior sectorización del Plan Parcial recurrido en estas actuaciones no contempla el suelo de la Autopista como parte integrante de la superficie bruta del Sector 1/PAU-9, de modo que tampoco la computa a los efectos de determinar el Area de Reparto de dicho Sector, implicando tal exclusión del suelo de la Autopista del ámbito del Sector, clasificado como urbanizable, que no participe en los derechos y obligaciones que...
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STS, 28 de Abril de 2011
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