SAP Barcelona 276/2012, 12 de Abril de 2012

PonenteJORDI SEGUI PUNTAS
ECLIES:APB:2012:3652
Número de Recurso116/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución276/2012
Fecha de Resolución12 de Abril de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOSEXTA

ROLLO Nº. 116/2011 -B

CAMBIARIO NÚM. 1260/2009

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 44 BARCELONA

S E N T E N C I A nº 276/2012

Ilmos. Sres.

DON AGUSTIN FERRER BARRIENDOS

DON JORDI SEGUÍ PUNTAS

DON JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO

En la ciudad de Barcelona, a doce de abril de dos mil doce.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Cambiario, número 1260/2009 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 44 de Barcelona, a instancia de BANCO POPULAR ESPAÑOL,S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Carlota Pascuet Soler contra ALIMENTACIÓN VERNEDA, S.L.,representada por el Procurador de los Tribunales Don Joan Josep Cucala i Puig. Estas actuaciones penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada el día veintinueve de julio de dos mil diez por la Magistrada-Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

"

F A L L O

DISPONGO:

  1. - ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda de contradicción formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Cucala, en nombre y representación de ALIMENTACIÓN VERNEDA S.L.

  2. - DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA de juicio cambiario interpuesta por BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. CONTRA ALIMENTACIÓN VERNEDA S.L. DEJANDO SIN EFECTO LA EJECUCIÓN DESPACHADA EN SU DÍA, Y ORDENANDO EL LEVANTAMIENTO DE LOS EMBARGOS ACORDADOS (salvo que el demandante recurra la sentencia y solicite su mantenimiento o la adopción de medida distinta, en cuyo caso se resolverá lo que proceda), imponiendo las costas procesales a BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. ".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Banco Popular Español,S.A. mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso mediante escrito motivado. Elevados los autos a esta Audiencia Provincial se procedió a dar el trámite pertinente señalándose para votación y fallo el día 22 de marzo de 2012.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JORDI SEGUÍ PUNTAS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la reclamación del importe de cuatro letras de cambio formulada por Banco Popular en septiembre de 2009, la librada aceptante de tales efectos mercantiles Alimentación Verneda SA opuso la excepción extracambiaria de contrato no cumplido a partir de la base de que la cesión de la letra del librador al tenedor es nula por concurrencia de dolo o ánimo de perjudicar al aceptante.

La acreedora cambiaria negó la concurrencia de dolo en su negocio de adquisición de ese crédito, habiendo recaído finalmente sentencia de primer grado que acoge la oposición cambiaria con fundamento en diversas consideraciones.

La actora se alza contra dicha sentencia.

SEGUNDO

Para la resolución de la controversia conviene establecer una somera exposición de los hechos de relevancia acreditados, que son los que siguen:

a/ en contrato privado de 26 de octubre de 2005 Alimentación Verneda adquirió por un precio de 591.652 euros de Fadesa Inmobiliaria SA una vivienda y plaza de parking en el edificio que dicha sociedad proyectaba construir en la plaza Europa de l'Hospitalet de Llobregat, conviniendo un calendario de pagos periódicos a partir de ese instante hasta la fecha de la escrituración, a cuyo efecto la vendedora garantizaba a la compradora la devolución de las cantidades recibidas por medio de seguro de caución concertado con Houston Company;

b/ las cuatro letras de cambio litigiosas forman parte del total de 37 letras aceptadas en la fecha del contrato por Alimentación Verneda y vencían sucesivamente entre agosto y noviembre de 2008, habiendo sido dichas letras presentadas por Fadesa al descuento en el Banco Popular en noviembre de 2006, lo que motivó la inclusión en las mismas del sello conforme al cual el pago debía hacerse "a la orden del Banco Popular Español SA 0354";

c/ denegado el pago de las letras en las fechas de sus respectivos vencimientos, se hizo constar en su reverso la correspondiente declaración a los efectos del artículo 51 de la Ley Cambiaria y del Cheque, presentándose la demanda de juicio cambiario en septiembre de 2009;

d/ Fadesa se había comprometido frente a Alimentación Verneda a la entrega de la vivienda y la plaza de parking en los 36 meses siguientes a la obtención de la licencia edificatoria, lo cual no se cumplió, toda vez que la licencia fue concedida en enero de 2006 y en septiembre de 2009 la promoción no contaba todavía con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • STS 367/2015, 18 de Junio de 2015
    • España
    • 18 Junio 2015
    ...subyacente. En apoyo del criterio seguido por la sentencia recurrida se citan y extractan las sentencias de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 16ª, de 12 de abril de 2012, y de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 17ª (sin expresión de fecha), mientras que en apoyo del c......
  • STS 206/2014, 24 de Abril de 2014
    • España
    • 24 Abril 2014
    ...actualmente denominada ALIVER BCN, S.L., representada ante esta Sala por la procuradora D.ª María Luisa Noya Otero, contra la Sentencia núm. 276/2012, de 12 de abril, dictada por la Sección decimosexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el recurso de apelación núm. 116/2011 , diman......
  • ATS, 4 de Junio de 2013
    • España
    • 4 Junio 2013
    ...la sentencia dictada, con fecha 12 de abril de 2012, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 16ª) en el rollo de apelación nº 116/2011 , dimanante de los autos de juicio cambiario nº 1260/2009 del Juzgado de Primera Instancia número 44 de - Mediante providencia de fecha 22 de octu......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR