SAP La Rioja 413/2010, 2 de Noviembre de 2010

PonenteALFONSO SANTISTEBAN RUIZ
ECLIES:APLO:2010:820
Número de Recurso469/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución413/2010
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LOGROÑO

SENTENCIA: 00413/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA RIOJA

LOGROÑO

Domicilio : VICTOR PRADERA 2

Telf : 941296484/486/489

Fax : 941296488

Modelo : SEN01

N.I.G.: 26089 37 1 2009 0100490

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000469 /2009

Juzgadoprocedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 6 de LOGROÑO

Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001028 /2009

S E N T E N C I A Nº 413 DE 2010

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ

Magistrados:

Dª Mª DEL CARMEN ARAÚJO GARCÍA

Dª BEATRIZ SÁENZ DE JUBERA HIGUERO

En la ciudad de Logroño a dos de noviembre de dos mil diez

VISTO en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, integrada por los Sres. Magistrados indicados al margen, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1028 /2009, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 6 de LOGROÑO, a los que ha correspondido el Rollo 469 /2009, en los que aparece como parte apelante D. Doroteo representado por la procuradora Dª VIRGINIA VELEZ DE MENDIZABAL SOLOZABAL, y asistido por la letrado Dª. MARIA PILAR GRANDEZ FRAILE, y como apelado D. Gabino representado por la procuradora Dª MARIA LUISA BUJANDA BUJANDA, y asistido por el letrado D. ENRIQUE DOMINGO OSLE, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 17 de julio de 2009, se dictó sentencia en Primera Instancia en cuyo fallo se recogía: "ESTIMAR la demanda interpuesta en nombre y representación de la Gabino frente a Doroteo, condenando al mismo a abonar a la parte actora la cantidad de OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRÉS EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (8.653,40 euros), más los intereses de dicha cantidad en la forma establecida en la presente resolución, y con imposición de las costas del presente procedimiento a la parte demandada".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandada, se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.

TERCERO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la votación y fallo el día

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Primero: por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño se dictó sentencia en 16 julio 2009 juicio ordinario 1028/2009 en cuyo fallo se disponía: "ESTIMAR la demanda interpuesta en nombre y representación de la Gabino frente a Doroteo, condenando al mismo a abonar a la parte actora la cantidad de OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRÉS EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (8.653,40 euros), más los intereses de dicha cantidad en la forma establecida en la presente resolución, y con imposición de las costas del presente procedimiento a la parte demandada".

Contra esta sentencia se ha interpuesto recurso de apelación por la representación de D. Doroteo, solicitando que con revocación de la misma, se diese lugar a la íntegra desestimación de la demanda, con expresa imposición de costas.

En el recurso apelación se hace referencia al auto de 29 de octubre de 2007 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Logroño, obrante en autos, en el que se atribuyen de manera exclusiva a la esposa el abono de los préstamos y deudas que generaba el negocio "Cafetería Ringo", entre los que está incluido el derivado en la presente reclamación y, asimismo, se hacía referencia a un procedimiento laboral seguido ante el Juzgado de lo Social número 1, que concluyó por sentencia de 12 de marzo de 2009 (autos 1147/2008), en el que se declaraba la improcedencia de despido y se condenaba a la codemandada Dª Reyes, a estar y pasar por tal declaración, entendiéndose...

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