STSJ Comunidad Valenciana 1166/2010, 5 de Noviembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Fecha05 Noviembre 2010
Número de resolución1166/2010

Recurso número 1.916/2.008

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

Sentencia número 1166/2.010

Ilmos. Sres.

Presidente

Don Mariano Ferrando Marzal

Magistrados

Don Rafael Manzana Laguarda

Don Juan Climent Barberá

___________________________

En la Ciudad de Valencia, a cinco de noviembre de dos mil diez.

Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso contencioso-administrativo número 1.916/2.008 interpuesto por la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Valencia de fecha 25 de julio de 2.008 por el que:

  1. Se acepta parcialmente el requerimiento del Delegado del Gobierno en la Comunidad Valenciana contra los Acuerdos de Pleno de dicha Corporación de fecha 25 de abril de 2.008 por los que se aprobaron el Acuerdo Laboral para el Personal Funcionario al servicio del Ayuntamiento de Valencia para el cuatrienio 2008-2011 y el Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Ayuntamiento de Valencia para el cuatrienio 2008-2011 en lo referente a los artículos 55 del Acuerdo Laboral y 54 del Convenio Colectivo que quedan con la siguiente redacción literal: "... siempre que no existe dolo, culpa o negligencia graves ..." y la Disposición Final Cuarta del Acuerdo Laboral que queda del siguiente tenor: "Los Anexos al presente acuerdo, referidos a Protocolos de Horarios son parte integrante del mismo ...", procediendo a la supresión de ésta del Convenio Colectivo; y confirmando en todos sus extremos el resto del articulado sobre el que se ha efectuado el requerimiento por contravenir la legalidad vigente; y

  2. Se deja sin efecto la documentación anexa de carácter económico administrativo a que se hace referencia en los Acuerdos requeridos.

    habiendo sido partes, como demandados;

  3. El Ayuntamiento de Valencia, representado y defendido por el Abogado del Ayuntamiento de Valencia; 2º. La Confederación Sindical de Comisiones Obreras del País Valenciano (CC.OO.PV), representada por la Procuradora Doña Maria Victoria Mora Crovetto y defendida por el Letrado Don Juan Camarasa Arráez;

  4. El Sindicato de Trabajadores de la Administración- Intersindical Valenciana (STA-IV), representada por el Procurador Don Juan Francisco Gómez Reina y defendida por el Letrado Don Conrado Moreno Bardisa;

  5. La Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores, representada por la Procuradora Doña Rosa Correcher Pardo

  6. La Central Sindical Independiente de Funcionarios (CSI-F), representada por la Procuradora Doña Ana María García Darias y defendida por el Letrado Don Ignacio Hernández Sánchez de Alcázar; y

  7. El Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos de la Comunidad Valenciana (SPPLB-CV), representado por la Procuradora Doña Elvira Orts Rebollida y defendido por la Letrado Doña Inmaculada Martín Tortosa.

    Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Mariano Ferrando Marzal.

Antecedentes de hecho
Primero

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al Abogado del Estado para que formalizara la demanda lo que verificó mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase Sentencia por la que se declarase la nulidad del Acuerdo de 25 de julio de 2008 del Ayuntamiento de Valencia por el que se estima parcialmente el requerimiento efectuado por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana en relación a los puntos 28 y 29 del Acuerdo de 25 de abril de 2008 de dicha Corporación que aprobó en el punto 28 - Modernización de la Administración y Personal - el texto que contiene el Convenio Colectivo para el Personal Funcionario por el cuatrienio 2008-2011 (nº de exp. E 1101 2008 000777 00 ) y el punto 29 - Modernización de la Administración y Personal - que aprueba el Convenio Colectivo para el Personal Laboral para el cuatrienio 2008-2011 (nº de exp. E 1101 2008 000778 00 ) y contra el Acuerdo de 25 de abril de 2008 ya citado.

Segundo

El Ayuntamiento de Valencia contestó a la demanda mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase Sentencia declarando inadmisible el recurso en cuanto al Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Valencia para el cuatrienio 2008-2010 así como respecto de los anexos horarios y retributivos del Convenio de funcionarios, desestimándolo en todo lo demás.

Tercero

La Confederación Sindical de Comisiones Obreras del País Valenciano (CC.OO.PV) contestó a la demanda mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase Sentencia por la que se inadmitiese el recurso en relación con la impugnación del Acuerdo del Ayuntamiento de Valencia de 25 de julio de 2008 aprobando el texto del Convenio Colectivo para el personal Laboral para el cuatrienio 2008-2010 y, en todo caso, se desestimase totalmente la demanda, confirmando los Acuerdos impugnados.

Cuarto

El Sindicato de Trabajadores de la Administración- Intersindical Valenciana (STA-IV) contestó a la demanda mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase Sentencia por la que se inadmitiese el recurso declarando la concurrencia de las causas de inadmisibilidad invocadas en los Fundamentos Jurídicos I y II del citado escrito, y/o se desestimasen las pretensiones deducidas de adverso sobre la base de los argumentos esgrimidos en el mismo escrito, y todo ello con expresa imposición de costas a la parte actora.

Quinto

La Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores contestó a la demanda mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase Sentencia por la que se desestimase la demanda del presente recurso contencioso-administrativo, con todo lo demás procedente en derecho.

Sexto

La Central Sindical Independiente de Funcionarios (CSI-F) contestó a la demanda mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase Sentencia por la que se desestimase el recurso, confirmando la resolución impugnada por ser conforme a derecho.

Séptimo

El Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos de la Comunidad Valenciana (SPPLBCV) contestó a la demanda mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase Sentencia declarando la inadmisibilidad del recurso en cuanto Convenio Colectivo, y sobre anexos retributivos y horarios de Acuerdo Laboral, desestimándolo en cuanto al resto de artículos recurridos.

Octavo

No habiéndose recibido el proceso a prueba quedaron los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo.

Noveno

Se señaló fecha para la votación y fallo del recurso, habiendo tenido lugar el día fijado al efecto y sucesivos días.

Décimo

En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

Fundamentos de Derecho
Primero

A efectos de analizar y resolver las cuestiones planteadas en el proceso resulta precisa la consignación de los siguientes datos y hechos, todos ellos acreditados a través de lo actuado en el expediente administrativo:

  1. Con fecha 25 de abril de 2.008 el Pleno del Ayuntamiento de Valencia adoptó Acuerdos por los que:

Primero

Se aprobaba el texto del Acuerdo Laboral para el Personal Funcionario al servicio del Ayuntamiento de Valencia para el cuatrienio 2008-2011 que contiene el texto así como la documentación anexa de carácter económico administrativa detallada en el documento que, como Acta de la Sesión Conjunta entre los Sindicatos CSI-CSIF, STA-IV y SPPLB-CV y el Concejal-Delegado del Área de Modernización de la Administración, Descentralización, Participación Ciudadana y Actividades fue suscrita el día 22 de febrero de 2008 y que contiene los acuerdos económicos para los años 2008-2011, Protocolo Horario 2008-2011 y Horarios Especiales (período 2008-2011) que han de regir, tanto en el Servicio de la Policía Local como en el Servicio de Bomberos, Prevención e Intervención en Emergencias, respectivamente y que forman parte del mismo.

Segundo

Se aprobaba el texto del Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio del Ayuntamiento de Valencia para el cuatrienio 2008-2011 que contiene el texto así como la documentación anexa de carácter económico administrativa detallada en el documento que, como Acta de la Sesión Conjunta entre los Sindicatos CSI-CSIF y STA-IV y el Concejal- Delegado del Área de Modernización de la Administración, Descentralización, Participación Ciudadana y Actividades fue suscrita el día 22 de febrero de 2008 y por la que se hacen extensivos al personal laboral, los acuerdos económicos para los años 2008- 2011 del personal funcionario, exceptuando aquéllos que de acuerdo con la legislación vigente son de imposible aplicación.

  1. Con fecha 6 de junio de 2.008 la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana solicitó del Ayuntamiento de Valencia, al amparo de lo establecido en el artículo 64 LRBRL la remisión de determinada documentación relacionada con el contenido de dichos Acuerdo y Convenio.

  2. Con fecha 11 de julio de 2.008 la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valencia, al amparo de lo establecido en el artículo 65 LRBRL, dirigió al Ayuntamiento de Valencia requerimiento para que anulase el Acuerdo Laboral para el Personal Funcionario al servicio del Ayuntamiento de Valencia para el cuatrienio 2008-2011 y el Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio del Ayuntamiento de Valencia para el cuatrienio 2008-2011, junto con la restante documentación Anexa a dichos Acuerdos.

  3. El Pleno del...

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