STSJ Comunidad de Madrid 10616/2010, 29 de Septiembre de 2010
Jurisdicción | España |
Fecha | 29 Septiembre 2010 |
Número de resolución | 10616/2010 |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3
MADRID
SENTENCIA: 10616/2010
Recurso: Apelación nº. 405/2010
Ponente: D. JUAN IGNACIO PÉREZ ALFÉREZ
Recurrente: D. Gervasio
Letrado: D. César Garrido García
Demandado: ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (Ministerio del Interior-Delegación del Gobierno en Madrid)
Representante: Abogado del Estado
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SENTENCIA NÚM.- 616
Ilmo. Sr. Presidente:
D. JUAN IGNACIO PÉREZ ALFÉREZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
Doña Fátima Arana Azpitarte
Don Rafael Estévez Pendás
Madrid, veintinueve de septiembre de dos mil diez.
Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el recurso más arriba referenciado,
interpuesto por el letrado D. César Garrido García, en nombre de D. Gervasio, contra el auto 234/2010, de 16 de marzo, dictado por el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo nº. 8 de Madrid, en pieza separada de medidas cautelares P.A. nº. 1172/09; habiendo sido parte apelada la ADMINISTRACIÓN
GENERAL DEL ESTADO, encontrándose representada por el Abogado del Estado.
La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figura en los mismos.
Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 28 de septiembre de 2010.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN IGNACIO PÉREZ ALFÉREZ.
La representación procesal de de D. Gervasio, contra el auto 234/2010, de 16 de marzo, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 8 de Madrid, en pieza separada de medidas cautelares P.A. nº. 1172/09, que denegó la suspensión de la ejecutividad de los actos administrativos recurridos, resolución denegatoria por parte de la Delegación del Gobierno en Madrid, de autorización para trabajar por cuenta ajena.
La pretensión de la parte actora no puede ser atendida lo que supone la desestimación de este Recurso, por las razones que se exponen a continuación.
Este Tribunal comparte y asume los argumentos jurídicos desarrollados en la resolución recurrida. Además de dichos argumentos debe tenerse en cuenta, si bien el ámbito jurisdiccional, pero perfectamente trasladable al administrativo, que debe recordarse la doctrina contenida entre otras -por citar algunas de las más recientes- en las Sentencias del Tribunal Supremo de 17 de julio de 2002, 22 de abril de 2002, 16 de marzo de 2002, 15 de junio de 2001, 9 de marzo de 2001 y 2 de noviembre de 2000, según las cuales la doctrina de la "apariencia de buen derecho" como base para la adopción de medidas cautelares...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SJS nº 2 352/2018, 19 de Julio de 2018, de Guadalajara
...alguna sobre el procedimiento administrativo, debiendo entrar a conocer el fondo del asunto. TERCERO Conforme glosa la STSJ Madrid de 29 de septiembre de 2010 : "la disposición adicional cuarta de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social,......