STSJ Castilla y León 772/2012, 20 de Abril de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 772/2012 |
Fecha | 20 Abril 2012 |
T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD
VALLADOLID
SENTENCIA: 00772/2012
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección : 003
VALLADOLID
N56820
C/ ANGUSTIAS S/N
N.I.G: 47186 33 3 2011 0101578
Procedimiento: RECURSO DE APELACION 0000484 /2011
Sobre: EDUCACION Y UNIVERSIDADES
De D./ña. Benigno
Representación D./Dª.
Contra D./Dª. CONSJERIA DE EDUCACION
Representación D./Dª.
En la Ciudad de Valladolid a veinte de abril de dos mil doce.
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, constituida por los Iltmos. Sres. Magistrados Don Agustín Picón Palacio, Presidente, Doña María Antonia Lallana Duplá, Don Francisco Javier Pardo Muñoz y Don Francisco Javier Zataraín y Valdemoro, siendo ponente de la misma el señor Francisco Javier Zataraín y Valdemoro, ha dictado la siguiente:
S E N T E N C I A Nº 772
En el recurso de apelación contencioso-administrativo núm. 0484/11 interpuesto por D. Benigno
, representado por el letrado Sr. don Jesús Sabugo Díez contra la contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 3 de Valladolid de 08.03.2011, dictada en el recurso contenciosoadministrativo núm. 1123/09 seguido por los trámites del procedimiento abreviado; habiendo comparecido como parte apelada la Junta de Castilla y León representada y defendida por el/la Letrado/a de sus Servicios Jurídicos.
Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 3 de Valladolid se dictó sentencia el 8 de marzo de 2011, que puso fin, en instancia, al recurso contencioso-administrativo nº 1123/09 seguido por los trámites del procedimiento abreviado. La mencionada sentencia estimaba parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León de 10 de agosto de 2009 que desestimó el recurso de reposición suscitado contra la resolución de 27 de abril de 2009 por la que se aprobó la relación definitiva de puestos de trabajo y vacantes a ofertar en el concurso de traslados de ámbito nacional de funcionarios pertenecientes a los cuerpos de enseñanza convocado por orden edu/2120/2008, de cinco de diciembre.
Por la recurrente se interpuso recurso de apelación con fecha 29 de abril de 2011 contra la mencionada sentencia, suplicando de esta Sala de lo Contencioso-Administrativo su revocación y el reconocimiento íntegro de sus pretensiones.
Tras la admisión del recurso se confirió traslado a la administración demandada quien formalizó su impugnación con fecha 23 de mayo de 2011 interesando la desestimación del recurso.
Recibidas las actuaciones en esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y no solicitado el recurso a prueba, ni siendo necesaria la celebración de vista, se señaló el día 19 de abril de 2012 para votación y fallo, lo que se efectuó.
Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso.
Es magistrado ponente de la presente sentencia el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Zataraín y Valdemoro, quien expresa el parecer de esta Sala.
Sentencia apelada y posiciones de las partes.
La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 3 de Valladolid de 08.03.2011, dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 1123/09 seguido por los trámites del procedimiento abreviado estimó parcialmente el recurso interpuesto por el actor, anulando las resoluciones impugnadas y, en lo que ahora interesa y es objeto del presente recurso de apelación, condenó a la administración demandada a ofrecer, por considerarla en derecho vacante, la plaza número NUM000 de profesor de apoyo al Área de Lengua y Ciencias Sociales del íes Condesa Eylo Alfonso de Valladolid, dentro del procedimiento de concurso convocado por orden edu/2120/2008, de cinco de diciembre, con retroacción del procedimiento y adjudicando la plaza a quien a la vista de las solicitudes obrantes en el concurso tuviera mejor derecho.
Pretende D. Benigno con la interposición del presente recurso de apelación en la plaza le sea adjudicada a él, por ser quien ha interpuesto la reclamación jurisdiccional, con deducción de su pretensión de reconocimiento de su situación jurídica individual. Cita en apoyo de su posición nuestra STSJ 2254/2010, RCA 240/2010 o la STSJ de cuatro de mayo de 2006, número 895, recurso de apelación 359/2005. Recuerda que la administración ha realizado diferentes emplazamientos a los interesados, sin que nadie haya comparecido.
En...
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