AAP Barcelona 204/2010, 4 de Octubre de 2010

PonenteMARIA SANAHUJA BUENAVENTURA
ECLIES:APB:2010:6911A
Número de Recurso163/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución204/2010
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN DIECISIETE

ROLLO Nº 163/2010-C

Ejecución de títulos judiciales 466/2009 Juzgado Primera Instancia 7 Vilanova i la Geltrú

Julián, Marcos Y Onesimo c/ Santiaga

A U T O 204/10

Iltmos. Sres. Magistrados:

Paulino Rico Rajo

Maria Sanahuja Buenaventura

Concepción Hill Prados

En Barcelona, a 4 de octubre de 2010

H E C H O S
PRIMERO

Se aceptan los del auto dictado en fecha 7 de octubre de 2009, por el Juzgado Primera Instancia 7 Vilanova i la Geltrú, en el Incidente dimanante del Juicio Ejecución de títulos judiciales numero 466/2009, promovido por Julián, Marcos y Onesimo, contra Santiaga, siendo la parte dispositiva del auto apelado del tenor literal siguiente: " SE DESESTIMA LA OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN formulada por la representación de Dña. Santiaga, y se fija en 10.412,97 euros el principal de la ejecución más 3.100 euros calculados provisionalmente para intereses y costas. Se imponene las costas de conformidad con el articulo 394.2 de la L.E.C . a Dña. Santiaga .".

SEGUNDO

Contra el anterior auto se interpuso recurso de apelación por Santiaga, que fue admitido; y tras los trámites legales, se señaló el día 09/09/2010 para la celebración de la Votación y Fallo.

VISTOS siendo Ponente el /a Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a Juez D/Dª. Maria Sanahuja Buenaventura

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicitaron D. Julián, D. Marcos y D. Onesimo la ejecución del Auto de 18-4-2008, dictado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Vilanova i la Geltrú, en procedimiento de división de la herencia de su padre, D. Alejo, por el que se adjudicó la finca y los vehículos que constituían el caudal inventariado a Dña. Santiaga, estableciendo que debía abonar a cada uno de sus restantes hermanos la cantidad de

3.515,89 #.

Se opuso a la ejecución Dña. Santiaga, de conformidad con el art. 556 LEC, porque a la cantidad consignada en el Auto que se ejecuta se deben restar los gastos asumidos por ella de protocolización notarial (404,12 #); los gastos de procurador del procedimiento de división judicial de la herencia (444,41 #), así como los gastos del letrado contador- partidor (5.162.- #). Invoca los arts. 1085 y 1087 del Código Civil, y consigna la cantidad que considera les corresponde deducidos los 667,84 #, que es la parte proporcional de los gastos. Consideran los ejecutantes que lo alegado no tiene encaje en el art. 556 LEC, pues sólo podrá oponerse alegando pago o cumplimiento de lo ordenado, justificándolo documentalmente, pero no puede alegar una pretendida "compensación", que tampoco reuniría los requisitos exigibles, pues la resolución ejecutada nada dice referente a costas y gastos, y los de abogado y procurador lo han sido para representar a la propia parte; y los de protocolización del Auto ejecutado ya han sido descontados de la suma reclamada por los ejecutantes.

El Auto de instancia desestima la oposición indicando que no cabe la oposición basada en pluspetición y compensación, por lo que debe cumplirse lo acordado en la resolución judicial. Desestima la falta de legitimación activa alegada en relación a D. Julián, por supuesta renuncia a la herencia que no se hizo en forma legal.

Recurre la representación de Dña. Santiaga, reiterando la invocación de falta de legitimación activa de

D. Julián, y los demás motivos de oposición a la ejecución. Si bien, el 16-6-2010, presentó escrito ante esta Sala solicitando "se proceda a extender los efectos" del Auto dictado el 17-3-2010, en el rollo de apelación 666/2009, "a las presentes actuaciones por existir identidad de objeto y partes". En aquel rollo, efectivamente se planteaban las mismas cuestiones en relación a otros hermanos.

SEGUNDO

Se razonaba en la resolución invocada, que se reproduce:

"SEGUNDO.- En la sentencia de esta sección de la AP Barcelona, de 20-4-2004, se resumía la jurisprudencia respecto a la compensación judicial señalando:

"La compensació és una forma d'extinció en la...

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