STSJ Andalucía 559/2010, 11 de Octubre de 2010

JurisdicciónEspaña
Fecha11 Octubre 2010
Número de resolución559/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE GRANADA

SECCIÓN TERCERA

ROLLO NÚM. 429/2008

JUZGADO: JAEN n º 1

SENTENCIA NÚM. 559 DE 2010

Ilma. Sra. Presidente:

Dª. Maria Torres Donaire

Ilmos. Sres. Magistrados

Dª. Beatriz Galindo Sacristán

D. Jorge Muñoz Cortés

_____________________________

En la Ciudad de Granada, a once de octubre de dos mil diez.

Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso de apelación número 429/08 dimanante del recurso contenciosoadministrativo núm. 1002/06 (ejecución Provisional de sentencia n º 295/07), seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de los de Jaén, siendo parte apelante la Junta de Andalucía asistida del letrado de sus Servicios Jurídicos, y parte apelada Don Apolonio, asistido del Letrado Sra. Colmenero Ávila.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo mencionado, en fecha 29 de noviembre de 2007, dictó auto estimatorio de la solicitud de ejecución provisional de la sentencia nº 295/07, recaída en el procedimiento abreviado n º 1002/2006, por la cual se acordaba estimar la demanda de recurso contencioso administrativo interpuesto frente a la resolución nº 101/2006-S.G de la Delegada Provincial de la Consejería de Educación en Jaén de fecha 13-10- 2006 decretando la nulidad de la resolución recurrida por no estar ajustada a derecho.

Dicha resolución desestimaba el recurso formulado por el actor contra la resolución de la Dirección del IES Las Fuentezuelas de Jaén por la que se propone como Jefe del Departamento Didáctico del Ciclo Instalación y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria y Conducción de Líneas a Don Evelio para el curso 2006/2007.

SEGUNDO

Contra dicho auto se interpuso recurso de apelación, del que, tras ser admitido por el Juzgado, se dio traslado a la parte contraria para que en el plazo de 15 días formulara su oposición, presentándose el correspondiente escrito.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala se formó el oportuno rollo, se registró, se designó Ponente a la Ilma. Sra. Dª Beatriz Galindo Sacristán, y al no haberse solicitado prueba, ni vista o conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones para dictar la resolución procedente.

CUARTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El auto apelado, en síntesis, estimó la pretensión del recurrente, por considerar,...

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