SAP Málaga 511/2010, 6 de Octubre de 2010
Ponente | JOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENA |
ECLI | ES:APMA:2010:1912 |
Número de Recurso | 514/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 511/2010 |
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
S E N T E N C I A Nº 511
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
SECCION CUARTA
ILUSTRISIMO SR
PRESIDENTE
D.JOAQUIN DELGADO BAENA
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES
D.ALEJANDRO MARTIN DELGADO
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº10 DE MÁLAGA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 514/2009
JUICIO Nº 453/2006
En la Ciudad de Málaga a seis de octubre de dos mil diez.
Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Procedimiento Ordinario seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso ASEPEYO MUTUA PATRONAL DE ACCIDENTES DE TRABAJO 151 DE LA SEGURIDAD SOCIAL que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. VICENTE VELLIBRE VARGAS y defendido por el Letrado D. GONZALEZ LUQUE, MIGUEL ANGEL. Es parte recurrida Sara y AXA, SEGUROS que está representado por el Procurador D. CLAUDIA GONZALEZ ESCOBAR y defendido por el Letrado D. JAVIER MARTIN OLMEDO y JAVIER MARTÍN OLMEDO, que en la instancia ha litigado como parte demandada .
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 2-12-08, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que Que debo estimar y estimo en parte la demanda formulada por el Procurador Sr. Vellibre Vargas, en nombre y representación de ASEPEYO, MUTUA PATRONAL DE ACCIDENTES DE TRABAJO, contra Doña Sara y la entidad aseguradora AXA AURORA IBERICA, representadas por la Procuradora Sra. González Escobar, CONDENANDO a las demandadas a que abonen, conjunta y solidariamente, a la actora la suma de ochenta y ocho mil setecientos cincuenta y nueve euros con treinta y ocho céntimos(88.759,38), en concepto de indemnización por los daños y perjuicios causados, más los intereses legales correspondientes, devengados desde la interposición de la demanda.
Correspondiendo el pago de las COSTAS PROCESALES a cada parte las causadas a su instancia y las comunes divididas por mitad..
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 5-10-10quedando visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.
Por la representación procesal de la entidad Asepeyo Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo, se alega que se ha producido un error en la valoración de la prueba documental concretamente en lo referente a los documentos números 36, 60 y 338. Por todo lo expuesto solicita que se revoque la resolución recurridad y se dicte otra por la que se estime íntegramente la demanda...
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