SAP A Coruña 205/2010, 11 de Octubre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución205/2010
Fecha11 Octubre 2010

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

A CORUÑA

SENTENCIA: 00205/2010

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de A CORUÑA

Domicilio: RÚA CAPITAN JUAN VARELA, S/N

Telf: 981.182067-066

Fax: 981.182065

Modelo: 213050

N.I.G.: 15030 37 2 2010 0002577

ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000179 /2010

Juzgado procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 4 de A CORUÑA

Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000608 /2009

RECURRENTE: Gaspar

Procurador/a: JAVIER BEJERANO FERNANDEZ

Letrado/a: JOSE RAMON FREIRE QUINTAS

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Letrado/a:

N U M E R O 205

EL ILMO. SR. D. ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO, como Tribunal unipersonal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, ha pronunciado.

EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

S E N T E N C I A

En A CORUÑA, a once de octubre de dos mil diez.

En el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número cuatro de A Coruña, en juicio de faltas nº 608/09, sobre ESTAFA, figurando como apelante Gaspar, y como apelado MINISTERIO FISCAL.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que en el juicio de faltas aludido se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como así: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Gaspar como responsable en concepto de autor de una falta de estafa, prevista y sancionada en el artículo 623.4 del Código Penal a la pena de un mes de multa a razón de 6 euros diarios, lo que hacen un total de 180 euros, que de no abonar el condenado, le generará una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas. Asimismo, indemnizará a Pascual con la suma de 5,67 euros, más los intereses legales que genere dicha cantidad conforme al artículo 576 de la ley de Enjuiciamiento Civil . Abonará las costas procesales.".-

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por el/los recurrente/s mencionado/s en el encabezamiento, que le fue admitido en ambos efectos, y una vez efectuados los traslados que establece el artículo 790-5º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las restantes partes, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, para su resolución, correspondiendo por reparto a esta Sección Primera con el número de Rollo 179/10.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

HECHOS PROBADOS

Se acepta el relato de hechos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR