SAP Almería 111/2010, 18 de Octubre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución111/2010
Fecha18 Octubre 2010

SENTENCIA nº 111/10

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA

SECCIÓN 1ª

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

Dª. LOURDES MOLINA ROMERO

MAGISTRADOS

D. RAFAEL GARCIA LARAÑA

D. ANDRES VELEZ RAMAL

En la Ciudad de Almería, a dieciocho de octubre de dos mil diez.

La Sección 1ª de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo nº 9/10, los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 Berja, seguidos con el nº 619/07 sobre protección sumaria para recobrar la posesión en juicio verbal.

Es demandante Dª Marina personada en el presente Rollo y representada por la Procuradora Sra. Valverde Ruiz y dirigida por el Letrado D. Iñigo Arpon Zufiaur.

Son demandados e impugnantes D. Joaquín, Dª Amelia, D. Victorino Y D. Alvaro personados en el presente Rollo y representados por la Procuradora Sra. López Campra y dirigidos por el Letrado D. Manuel Enrique Sánchez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 27 de Octubre de 2.008, el Juzgado de 1ª Instancia e Instruc. Nº 1 de Berja, dictó sentencia en los referidos autos cuyo fallo dispone:

"Que ESTIMANDO la excepción de cosa juzgada material con función negativa o excluyente, no procede entrar en el fondo del asunto. Y todo ello con expresa imposición de costas a la parte actora.".

SEGUNDO

Contra la referida sentencia, la representación de la parte demandante presentó escrito preparatorio de recurso de apelación y, una vez emplazada para ello, lo interpuso pidiendo la revocación de la sentencia recurrida. Del escrito de recurso se dio el preceptivo traslado a la parte apelada, la cual impugnó la sentencia apelada de contrario, con oposión de la parte demandante-apelante y, seguidamente, fueron elevadas las actuaciones a esta Sala donde se incoó el correspondiente Rollo y, en fecha 18 de Octubre de

2.010 se celebró la correspondiente Vista y quedó el recurso concluso para resolver.

Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANDRES VELEZ RAMAL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de fecha 27 octubre 2.008, que no entraba en el fondo del asunto al estimar de oficio la excepción de cosa juzgada en el procedimiento sumario para recobrar la posesión; se alza el recurrente, actor en la instancia, alegando dos motivos que están referidos a la nulidad de la resolución por apreciación de la excepción que no cabe en este procedimiento y subsidiariamente con error valorativo que se dicte otra nueva acogiendo sus postulados de la demanda, impugnando igualmente la citada resolución el demandado de instancia que solicita el acogimiento de las excepciones propuestas por el mismo en la instancia, solicitando en esencia la revocación de la citada resolución y el dictado de otra acorde con sus postulados en el sentido de desestimar la demanda.

SEGUNDO

Antes de realizar apreciación alguna sobre la sentencia impugnada, ha de hacerse pronunciamiento sobre la admisión valorativa en esta alzada, del documento aportado por el impugnante de la resolución de instancia, a cuya admisión se ha opuesto el demandante recurrente.

La aportación del citado documento ha de subsumirse en el art. 271.2 de la LEC, invocado en proveído de 6 abril 2010, al tratarse de una resolución judicial.

En cuanto a la admisión y valoración de la misma en esta alzada, estima la Sala que dicho documento debe rechazarse como tal prueba, pues se trata de una sentencia de apelación que no se considera útil a los efectos de...

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