AAP Castellón 404/2010, 29 de Octubre de 2010
Ponente | PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO |
ECLI | ES:APCS:2010:914A |
Número de Recurso | 572/2010 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 404/2010 |
Fecha de Resolución | 29 de Octubre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLON
SECCION PRIMERA
Rollo de Apelación Penal nº 572/2010
Expediente nº 4924/2009
Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Castellón
AUTO Nº 404
Ilmos. Sres.
Presidente
Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ
Magistrados
Don PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO
Doña AURORA DE DIEGO GONZALEZ
---------------------------------------------------En Castellón a veintinueve de octubre de dos mil diez.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados anotados al margen, ha visto y examinado el Rollo de Apelación Penal nº 572/2010, incoado en virtud del recurso interpuesto contra el auto de 10 de diciembre de 2009 dictado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Castellón, en el expediente nº 4924/2009 sobre sanción disciplinaria.
Han intervenido en el recurso, como Apelante, el interno Pedro Miguel asistido de la Letrada Dª. María Victoria Nos Cruzado, y en calidad de Apelado, el Ministerio Fiscal, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO, que expresa el parecer del Tribunal.
En el expediente de referencia se dictó auto de fecha 10 de diciembre de 2009 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se desestima el recurso de reforma interpuesto por el interno Pedro Miguel, contra el auto de este Juzgado de fecha 2 de octubre de 2009, que se confirma en su integridad, al considerarle autor de una falta muy grave, por la que se imponía al interno una sanción consistente en aislamiento en celda por seis días"
Notificada la anterior resolución interpuso contra la misma recurso de apelación el referido interno, siendo impugnado dicho recurso por el Ministerio Fiscal y remitiéndose el expediente a esta Audiencia Provincial para su resolución.
Recibidos los autos el día 30 de agosto de 2010, se turnaron a la Sección Primera, señalándose para deliberación y votación el día 27 de octubre de 2010. CUARTO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Frente al auto de 10 de diciembre de 2009 del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Castellón, resolutorio del recurso de reforma contra el auto de 2 de octubre de 2009, resolutorio, a su vez, del recurso de alzada contra la sanción disciplinaria de "seis días de aislamiento en celda" impuesta al interno Pedro Miguel por la comisión de falta muy grave impuesta en Acuerdo de 16 de junio de 2009 de la Comisión Disciplinaria del Centro Penitenciario de Castellón II, alega el citado interno la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y no indefensión (art. 24.1. CE ), y la vulneración del derecho a emplear todos los medios de prueba pertinentes en su defensa (art. 24.2 CE ) por inadmitir las que fueron propuestas.
Solicita dicho interno, con la oposición del Ministerio Fiscal, se anule la sanción por no quedar acreditados los hechos objeto de castigo, o subsidiariamente se sustituya por otra menos gravosa y acorde a la legalidad y la situación del recurrente.
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