SAP Valencia 16/2012, 27 de Enero de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha27 Enero 2012
Número de resolución16/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46250-37-2-2011-0003633

Procedimiento: RECURSO DE QUEJA (LECN) Nº 000683/2011- AM - Dimana del Nº 001123/2010

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE LLIRIA Recurrente: EURO ZARZO TOURS, S.L.

Procurador: D. CARLOS MOYA VALDEMORO

AUTO Nº 16/2012

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Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente:

D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO Magistrados/as:

D. MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA

D. JOSE LUIS GOMEZ MORENO MORA _______________________________

En VALENCIA a, veintisiete de enero de dos mil doce. HECHOS

PRIMERO

Por la representación procesal interviniente en la primera instancia Procurador D. CARLOS MOYA VALDEMORO, en nombre y representación de EURO ZARZO TOURS, S.L. se presentó ante esta alzada escrito en fecha 1-7-11, dentro de plazo, formalizando ante esta Sección recurso de Queja anunciado, contra la resolución de fecha 14-6-11, inadmitiendo la preparación de recurso de apelación y desestimando la reposición contra dicha resolución y ello, en sede de Juicio Verbal nº 1123/10, seguido ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE LLIRIA.

SEGUNDO

Admitido a trámite, dicho recurso que fue turnado a esta Sección, dentro de término se pasaron las actuaciones al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para propuesta de resolución, acordándose el señalamiento para deliberación votación y fallo el 18 de enero de 2.012. Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS GOMEZ MORENO MORA.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Encontrándonos en el campo del recurso de queja, la Sala debe limitarse a examinar si procede o no el recurso de apelación formulado en su día y por tanto esta resolución se centrara en la incorrección o no de la declaración de irrecurribilidad del Juez "a quo", sin el examen del fondo de la resolución que se intenta apelar.

Por ello, y con estos limites, es de hacer ver que interpuesto recurso de queja contra el Auto de fecha 14/6/2011 desestimado el correspondiente recurso de reposición preparatorio del presente recurso de Queja, con arreglo a la regla nº 1 del artículo 449 de la LEC, pues a pesar de haber sido requerido para consignar, se intenta recurrir en apelación contra una resolución recaída en un Juicio Verbal de desahucio por falta de pago (1123/2010) sin consignar las rentas a las que también se condena.

La adecuada resolución del supuesto requiere centrar el tema en los siguientes aspectos, en primer lugar el Decreto anterior a la desestimación del recurso de reposición, especifica que el fallo de la Sentencia recaída el 27/10/2010 estableció que se estimaba íntegramente la...

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