ATS, 27 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha27 Marzo 2012

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintisiete de Marzo de dos mil doce. I. HECHOS

  1. - Por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, actuando en nombre y representación de la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, se presentó, el día 27 de junio de 2011, escrito de interposición del recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 19 de abril de 2011, por la Audiencia Provincial de León (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 162/2011, dimanante de los autos de incidente concursal nº 720/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 8 y de lo Mercantil de León.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 18 de junio de 2011 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala.

  3. - El Letrado de la Administración de la Seguridad Social, actuando en nombre y representación de la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, se ha personado en las actuaciones en concepto de recurrente, mediante escrito de fecha 7 de septiembre de 2011. La parte recurrida no ha comparecido en legal forma.

  4. - La Ley Orgánica del Poder Judicial reformada por Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre, establece en su Disposición Adicional 15ª, número 5, la exención de constitución del depósito para recurrir del Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Juan Antonio Xiol Rios.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso de casación.

  1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la Sentencia dictada, con fecha 19 de abril de 2011, por la Audiencia Provincial de León (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 162/2011, dimanante de los autos de incidente concursal nº 720/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 8 y de lo Mercantil de León.

  2. ) No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso de casación. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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