STSJ Castilla-La Mancha 251/2010, 8 de Noviembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución251/2010
Fecha08 Noviembre 2010

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1

ALBACETE

SENTENCIA: 00251/2010

Recurso de Apelación nº 284/09

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca

SALA DE LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 1ª

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. José Borrego López

Magistrados:

D. Mariano Montero Martínez

D. Manuel José Domingo Zaballos

D. Ricardo Estévez Goytre

S E N T E N C I A Nº 251

En Albacete, a ocho de Noviembre de dos mil diez.

Vistos por la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, el recurso de apelación interpuesto por D. Ángel, representado por la Procuradora Sra. Alfaro Ponce, contra la Sentencia nº 244/09, de fecha 14 de Julio de 2009, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca, en el procedimiento abreviado nº 189/09, y como parte apelada, SUBDELEGACIÓN DE GOBIERNO EN CUENCA, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José Borrego López, Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Dicho Juzgado dictó Sentencia con la siguiente parte dispositiva: "Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Ángel, contra la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Cuenca de fecha 10-II-09, debo declarar y declaro ajustada a Derecho la resolución impugnada; todo ello sin costas".

Segundo

Notificada la resolución a las partes interesadas, la parte demandante interpuso recurso de apelación dentro de plazo. Admitido a trámite por el Juzgado, se dio traslado a la parte demandada para que hiciese alegaciones, trámite que cumplimentó en legal forma.

Tercero

Elevados los autos y el expediente administrativo, en unión de los escritos presentados, se formó el correspondiente rollo de apelación. No habiéndose solicitado por las partes personadas la celebración de vista, ni considerándose necesaria la misma por este Tribunal, se señaló para votación y fallo el día 04 de Noviembre de 2010.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Debemos proceder a la desestimación del presente recurso de apelación por las siguientes razones jurídicas, a saber: a) Teniendo como tiene el recurso de apelación la función jurisdiccional de mero control o depuración del resultado procesal obtenido en la primera instancia (...

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