ATS, 29 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha29 Noviembre 2011

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Noviembre de dos mil once. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de Dª. Araceli y Dª. Evangelina presentó el día 24 de marzo de 2011 escrito de interposición de recurso de casación, contra la Sentencia dictada, con fecha 24 de enero de 2011, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25ª), en el rollo de apelación nº 653/2010, dimanante de los autos de juicio verbal nº 2092/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 36 de los de Madrid.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 28 de marzo de 2011 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de las partes.

  3. - El procurador D. Ángel Codosero Rodríguez, en nombre y representación de Dª. Justa, presentó escrito ante esta Sala el 3 de mayo de 2011, personándose en concepto de parte recurrida, mientras que el procurador D. Jesús Aguilar España, en nombre y representación de Dª. Araceli y Dª. Evangelina, presentó escrito el mismos día 16 de mayo de 2011, personándose en concepto de parte recurrente .

  4. - La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Jose Ramon Ferrandiz Gabriel, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Dª. Araceli y Dª. Evangelina, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Dª. Araceli y Dª. Evangelina contra la Sentencia dictada, con fecha 24 de enero de 2011, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25ª), en el rollo de apelación nº 653/2010, dimanante de los autos de juicio verbal nº 2092/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 36 de los de Madrid. 2.- Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    Contra este auto no cabe recurso alguno de conformidad con el art. 483.5 LEC .

    Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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