ATS, 17 de Mayo de 2011
Ponente | JOSE RAMON FERRANDIZ GABRIEL |
ECLI | ES:TS:2011:7683A |
Número de Recurso | 147/2011 |
Procedimiento | CASACIóN |
Fecha de Resolución | 17 de Mayo de 2011 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a diecisiete de Mayo de dos mil once. I. HECHOS
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- La representación procesal de "GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A." y la representación procesal de "LA FABRICA DE LA TELE, S.L." presentaron los días 3 y 2 de diciembre de 2010, respectivamente, sendos escritos de interposición de recurso de casación, contra la Sentencia dictada, con fecha 5 de octubre de 2010, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 13ª), en el rollo de apelación nº 247/2010, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 632/2008 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de los de Alcobendas.
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- Mediante Diligencia de Ordenación de 3 de enero de 2011 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.
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- La Procuradora Dª. Laura Lozano Montalvo, en nombre y representación de "LA FABRICA DE LA TELE, S.L.", presentó escrito ante esta Sala el 20 de enero de 2011, al tiempo que el procurador D. Manuel Sánchez-Puelles González-Carvajal, en nombre y representación de "GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A.", presentó escrito el día 3 de febrero de 2011, personándose ambos en concepto de partes recurrentes, mientras que la procuradora Dª. Ana María Ariza Colmenarejo, en nombre y representación de Dª. Natividad, presentó escrito el día 24 de febrero de 2011, personándose en concepto de parte recurrida .
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- La parte recurrente efectuó el deposito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A." y la representación procesal de "LA FABRICA DE LA TELE, S.L.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la representación de "GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A." y la representación procesal de "LA FABRICA DE LA TELE, S.L.", con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría y transcurrido el mismo dese traslado al Ministerio Fiscal a los mismos fines.
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PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA
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- ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A." y ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "LA FABRICA DE LA TELE, S.L.", contra la Sentencia dictada, con fecha 5 de octubre de 2010, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 13ª), en el rollo de apelación nº 247/2010, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 632/2008 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de los de Alcobendas.
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- Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría y transcurrido el mismo dese traslado al Ministerio Fiscal a los mismos fines.
Contra este Auto no cabe recurso alguno de conformidad con el art. 483.5 LEC.