ATS, 3 de Mayo de 2011

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2011:4735A
Número de Recurso1971/2010
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2011
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a tres de Mayo de dos mil once. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad mercantil "Pont de Geneve 2000, S.L." presentó el día 17 de septiembre de 2010 escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 2 de julio de 2010, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 7ª), en el rollo de apelación nº 86/2010

    , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 389/2005 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Requena.

  2. - Mediante Diligencia de ordenación de fecha 5 de noviembre de 2010 de se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes.

  3. - El Procurador D. Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de la entidad mercantil Dª Marcelina del Valle Rodríguez, presentó escrito de fecha 19 de noviembre de 2010, personándose en concepto de parte recurrida . El Procurador D. José Periañez González, en nombre y representación de "Pont de Geneve 2000, S.L.", presentó escrito de fecha 23 de diciembre de 2010, personándose en concepto de parte recurrente .

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil "Pont de Geneve 2000, S.L.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC 2000 . Tratándose de un procedimiento tramitado en atención a la cuantía, al no presentar las acciones ejercitadas especialidad alguna de carácter material, esta Sala no analizará el interés casacional invocado, sin perjuicio de su consideración en cuanto fundamento del recurso.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil "Pont de Geneve 2000, S.L." contra la Sentencia dictada, con fecha 2 de julio de 2010, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 7ª), en el rollo de apelación nº 86/2010, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 389/2005 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Requena. 2º) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

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