SAP Almería 133/2011, 11 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución133/2011
Fecha11 Mayo 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

ALMERÍA

SECCIÓN SEGUNDA

SENTENCIA Nº 133/11

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON

MAGISTRADOS:

D. JOSÉ MARÍA CONTRERAS APARICIO

D. JOSÉ LUIS CASTELLANO TREVILLA

En la ciudad de Almería, a 11 de mayo de dos mil once.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo nº 171/10, el Juicio Rápido nº 394/09 procedente del Juzgado de lo Penal nº 4 de Almería, siendo apelante el Ministerio Fiscal y apelado Juan Antonio, representado por el Procurador Dª. José Fernando Barthe Ruiz, y defendido por la Letrada Dª. María Jesús Riera Pastor. Y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MARÍA CONTRERAS APARICIO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la Sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 4 de Almería, en la referida causa se dictó Sentencia de fecha 24/09/09, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: "Se declara probado que en hora no determinada del día 9 de septiembre de 2009 el acusado Juan Antonio, mayor de edad y ejecutoriamente condenado en Sentencia firme del Juzgado de Lo Penal nº 3 de Palma de Mallorca de fecha 29 de mayo de 2007 como autor de un delito de robo con violencia/intimidación, con la intención de hacer uso de ella, sin el consentimiento de su propietaria, tras forzar una persiana tipo marquesina y fracturar el cristal de una ventana, accedió al interior de la vivienda sita en el PASEO000 de Mojácar, propiedad de Dª. Enma, que la utilizaba en forma ocasional y que en dicho momento se encontraba residiendo en Madrid, en cuyo interior fue sorprendido a las 18:00 horas del día 11 de septiembre de 2009 por la encargada del mantenimiento de la finca"

TERCERO

Dicha Sentencia contiene el siguiente fallo: "Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO libremente del hecho origen de estas actuaciones al denunciado en ellas, Juan Antonio, disponiendo su INMEDIATA PUESTA EN LIBERTAD y declarando de oficio las costas ocasionadas en el presente procedimiento."

CUARTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a las partes. Se elevaron las actuaciones a este tribunal señalándose el día 10 de mayo de 2011, declarándose concluso para Sentencia.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los que se describen en el correspondiente apartado de la sentencia recurrida, a los solos efectos de constancia, en cuanto al contenido de la resolución a dictar seguidamente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
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