SAP Almería 133/2011, 11 de Mayo de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 133/2011 |
Fecha | 11 Mayo 2011 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
ALMERÍA
SECCIÓN SEGUNDA
SENTENCIA Nº 133/11
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON
MAGISTRADOS:
D. JOSÉ MARÍA CONTRERAS APARICIO
D. JOSÉ LUIS CASTELLANO TREVILLA
En la ciudad de Almería, a 11 de mayo de dos mil once.
La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo nº 171/10, el Juicio Rápido nº 394/09 procedente del Juzgado de lo Penal nº 4 de Almería, siendo apelante el Ministerio Fiscal y apelado Juan Antonio, representado por el Procurador Dª. José Fernando Barthe Ruiz, y defendido por la Letrada Dª. María Jesús Riera Pastor. Y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MARÍA CONTRERAS APARICIO.
Se aceptan los de la Sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 4 de Almería, en la referida causa se dictó Sentencia de fecha 24/09/09, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: "Se declara probado que en hora no determinada del día 9 de septiembre de 2009 el acusado Juan Antonio, mayor de edad y ejecutoriamente condenado en Sentencia firme del Juzgado de Lo Penal nº 3 de Palma de Mallorca de fecha 29 de mayo de 2007 como autor de un delito de robo con violencia/intimidación, con la intención de hacer uso de ella, sin el consentimiento de su propietaria, tras forzar una persiana tipo marquesina y fracturar el cristal de una ventana, accedió al interior de la vivienda sita en el PASEO000 de Mojácar, propiedad de Dª. Enma, que la utilizaba en forma ocasional y que en dicho momento se encontraba residiendo en Madrid, en cuyo interior fue sorprendido a las 18:00 horas del día 11 de septiembre de 2009 por la encargada del mantenimiento de la finca"
Dicha Sentencia contiene el siguiente fallo: "Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO libremente del hecho origen de estas actuaciones al denunciado en ellas, Juan Antonio, disponiendo su INMEDIATA PUESTA EN LIBERTAD y declarando de oficio las costas ocasionadas en el presente procedimiento."
El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a las partes. Se elevaron las actuaciones a este tribunal señalándose el día 10 de mayo de 2011, declarándose concluso para Sentencia.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los que se describen en el correspondiente apartado de la sentencia recurrida, a los solos efectos de constancia, en cuanto al contenido de la resolución a dictar seguidamente.
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