AAP Valencia 10/2011, 21 de Enero de 2011
Ponente | MARIA MESTRE RAMOS |
ECLI | ES:APV:2011:842A |
Número de Recurso | 865/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 10/2011 |
Fecha de Resolución | 21 de Enero de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 6ª |
ROLLO DE APELACION 2010-0865
AUTO Nº 10
ILUSTRISIMOS SEÑORES
PRESIDENTE
Doña María Mestre Ramos
MAGISTRADOS
Doña María Eugenia Ferragut Pérez
Don José Francisco Lara Romero
En la ciudad de Valencia a veintiuno de enero del año dos mil once.
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados anotados al margen, siendo ponente María Mestre Ramos, ha visto el presente recurso de apelación contra el Auto de fecha 24 de junio de 2010 dictado en AUTOS SOBRE PROCESO MONITORIO 474-2010 tramitado en el Juzgado de Primera Instancia Cinco de los de Torrent .
Han sido parte en el recurso de apelación como APELANTE-DEMANDANTE LA ENTIDAD MERCANTIL JACOMO & LOGIST SL representada por la Procuradora de los Tribunales doña Miriam López Usero y asistido del Letrado doña Almudena García Marco.
El Auto de fecha 24 de junio de 2010 contiene la siguiente Parte Dispositiva:"SE ACUERDA el archivo de las presentes actuaciones".
El auto apelado estableció que pesar de haber requerido a la parte actora para subsanar el defecto de representación dado que la Sra. Filomena no es representante legal según los Estatutos solamente que ha sido nombrada por el legal representante como tal.
Notificada la resolución, LA ENTIDAD MERCANTIL JACOMO & LOGIST SL previa preparación se interpuso recurso de apelación alegando, en síntesis, que se proceda a la admisión a tramite de la demanda de juicio monitorio por haber aportado los poderes de representación debidamente compulsados.
Recibidos los autos por este Tribunal, y previos los trámites legales se señalo para deliberación y fallo el día 19 de enero de 2011, que se verifico quedando seguidamente para dictar resolución.
Se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución apelada en lo que no se opongan a los contenidos en esta.
La cuestión planteada por la parte apelante LA ENTIDAD MERCANTIL JACOMO & LOGIST SL vía recurso de apelación es resolver si procede admitir a tramite la solicitud de juicio monitorio según poderes de representación aportados.
Partiendo de lo dicho por éste Tribunal entre otras en el auto número 119 dictados en el ROLLO nº 251/2006 de fecha 16 de mayo de 2006 :
" PRIMERO.- El caso que se nos plantea es idéntico en su esencia al que resolvimos en auto AP Valencia (sección 6ª) 216/2002, de 30 de octubre, rollo 547/2002, en el que dijimos: "si bien el artículo 23.1 de la Ley Ritual exige que la misma se efectúe por medio de Procurador legalmente habilitado como regla general, no es menos cierto que el apartado segundo de la misma norma citada prevé ciertas excepciones a la regla general, y mas concretamente el apartado 2.1º permite a los litigantes comparecer por sí mismos para la petición inicial de los procedimientos monitorios, siendo que por las personas físicas comparecerá la misma persona física en aquellos...
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