STSJ Canarias 70/2011, 27 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha27 Abril 2011
Número de resolución70/2011

SENTENCIA

Presidente

D./Da. PEDRO MANUEL HERNANDEZ CORDOBES

Magistrados

D./Da. LUIS HELMUTH MOYA MEYER

D./Da. JUAN IGNACIO MORENO LUQUE CASARIEGO (Ponente)

En Santa Cruz de Tenerife, a 27 de abril de 2011.

Visto por esta Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Segunda con sede en Santa Cruz de Tenerife, integrada por los Sres. Magistrados, anotados al margen, el recurso Contencioso-Administrativo número 0000171/2009, interpuesto por D. /Dna. Nieves, representado el Procurador de los Tribunales D. /Dna. M. MONTSERRAT PADRÓN GARCÍA y dirigido por la Abogada D. /Dna. PIEDAD MILICUA SALAMERO, contra D. /Dna. CONSEJERIA DE EDUCACION CULTURA Y DEPORTES y Guillermo, habiendo comparecido, en su representación y defensa CRISTINA DE SANTIAGO BENCOMO y

D. /Dna. LETRADO SERVICIOS JURÍDICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA, versando sobre la resolución de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación, del Gobierno de Canarias de fecha 4 de junio de 2009, por la que se hacen públicas las listas de aspirantes seleccionados para realizar la fase práctica en los procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de profesores de Ensenanza secundaria, profesores de Escuelas oficiales de idiomas, Artes plásticas y Diseno y Maestros de taller convocados por la Orden de 23 de abril de 2008.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. /Dna. JUAN IGNACIO MORENO LUQUE CASARIEGO, se ha dictado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el objeto del presente recurso es la impugnación de la resolución de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación, del Gobierno de Canarias de fecha 4 de junio de 2009, por la que se hacen públicas las listas de aspirantes seleccionados para realizar la fase práctica en los procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de profesores de Ensenanza secundaria, profesores de Escuelas oficiales de idiomas, Artes plásticas y Diseno y Maestros de taller convocados por la Orden de 23 de abril de 2008.

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda que según se concreta en el suplico, pretende la devaloración de la puntuación otorgada a los aspirantes Srs. Victorio y Guillermo, descontando al primero en el subapartado 2.5, 0,400 puntos por la valoración indebida de dos cursos; y al segundo, la valoración indebida de la experiencia docente previa en el Colegio Santa María de los Volcanes, y en el subapartado 2.5, 0,600 puntos por la valoración indebida de tres cursos.

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia, desestimatoria.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.

QUINTO

Senalado el día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión del Tribunal en el designado al efecto 31 de marzo de 2011.

SEXTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Vistos los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que el objeto del presente recurso es la impugnación de la resolución de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación, del Gobierno de Canarias de fecha 4 de junio de 2009, por la que se hacen públicas las listas de aspirantes seleccionados para realizar la fase práctica en los procedimientos...

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