SAP Alicante 462/2010, 15 de Noviembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Fecha15 Noviembre 2010
Número de resolución462/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL ALICANTE

SECCION NOVENA

ELCHE

Rollo de apelación nº 357/10

Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Torrevieja

Autos de Juicio Ordinario nº 51/09

SENTENCIA Nº 462/10

Iltmos. Srs.

Presidente: D. Julio Calvet Botella

Magistrado: D. José Manuel Valero Díez.

Magistrado: Dª. Encarnación Caturla Juan

En la Ciudad de Elche, a quince de noviembre de dos mil diez.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 51/09, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Torrevieja, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada D. Sixto, habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el Procurador Sr/a Guilabert López y dirigida por el Letrado Sr/a Cámara Zapata, y como apelada la parte demandante C.P. Residencial Parquemar V, representada por el Procurador Sr/a Merlos Sánchez y defendida por el Letrado Sr/a. Bordera Rodes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Torrevieja en los referidos autos, tramitados con el número 51/09, se dictó sentencia con fecha 25/1/10 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Mancomunidad de Propietarios DIRECCION000, representada por el Procurador de los Tribunales D. Antonio Merlos Sánchez y asistida por el Letrado Sr. Gea Fernández, contra D. Sixto, representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Esther Escudero Mora y asistida por el Letrado Sr. Cámara Zapata, debo condenar y condeno al demandado a devolver a su primitivo estado la ventana de su vivienda unifamiliar, sita en el nº NUM000 del bloque NUM001

, deshaciendo las obras realizadas en la ventana de su fachada que consistieron en la sustitución de la celosía originaria (documento nº 2 de la demanda) por un cerramiento del tipo cancela-verja (documento nº 3 de la demanda), con el apercibimiento de ejecutarse a su costa; con condena en costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo número 357/10, tramitándose el recurso en forma legal. La parte apelante solicitó la revocación de la sentencia dictada y la apelada su confirmación. Para la deliberación y votación se fijó el día 10/11/10. TERCERO.- En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Julio Calvet Botella .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la Sentencia dictada con fecha 25 de Enero de 2010, por del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Torrevieja, en el juicio ordinario número 51/09, que estimó la demanda interpuesta por la Mancomunidad de Propietarios DIRECCION000, sita en Torrevieja, contra Don Sixto, y condenando al mismo a devolver a su primitivo estado la ventana de su vivienda unifamiliar sita en el nº NUM000 del bloque NUM001, deshaciendo las obras realizadas en la ventana de su fachada que consistieron en la sustitución de la celosía originaria (documento nº 2 de la demanda) por un cerramiento del tipo cancela-verja (documento nº 3 de la demanda), con el apercibimiento de ejecutarse a su costa, condenándole al pago de las costas, se alza ante esta instancia dicho demandado, en solicitud de que se revoque la sentencia de instancia, y se desestime la demanda, con expresa condena en costas, y a cuyo recurso se opone la parte demandante, interesando la confirmación integra de la sentencia con expresa imposición de costas al recurrente.

SEGUNDO

La segunda instancia se configura, con algunas salvedades en la aportación del material probatorio y de nuevos hechos, como una revisión "prioris instantiae", en la que el Tribunal Superior ú órgano "ad quem" tiene plena competencia para revisar todo lo actuado por el juzgador de instancia, tanto en lo que afecta a los hechos (quaestio facti) como en lo relativo a las cuestiones jurídicas oportunamente deducidas por las partes (quaestio iuris), para comprobar si la...

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