STSJ Castilla y León 2650/2011, 23 de Noviembre de 2010

PonenteANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
ECLIES:TSJCL:2010:7321
Número de Recurso525/2010
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución2650/2011
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

02650/2011

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD Sección 001

N56820

C/ ANGUSTIAS S/N

N.I.G: 47186 33 3 2010 0101955

Procedimiento: RECURSO DE APELACION 0000525 /2010

Sobre DERECHOS FUNDAMENTALES 0000004 /2009

De D/ña. FUNCION PUBLICA

Letrado: AMOR LAGO MENENDEZ

Procurador: ANA ISABEL ESCUDERO ESTEBAN

Contra D/ña. CONSEJERÍA DE SANIDAD DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Letrado :

Procurador:

SENTENCIA Nº 2650

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE :

DON ANTONIO JESUS FONSECA HERRERO RAIMUNDO

MAGISTRADOS:

DON JESUS BARTOLOME REINO MARTINEZ

DON SANTOS HONORIO DE CASTRO GARCIA

En la ciudad de Valladolid, a 23 de noviembre de dos mil diez.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, integrada por los magistrados expresados más arriba, ha visto el presente rollo de apelación registrado con el número 525/2010, en el que se impugna la sentencia de fecha 23 de marzo de 2010, dictada en el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de las personas número 4/2009 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Valladolid, y en el que son partes:

Como apelante : LA FEDERACION DE SINDICATOS MEDICOS DE CASTILLA Y LEON, representada por la Procuradora de los tribunales Sra. Escudero Esteban y defendida por la Letrada Sra. Lago Menéndez. Como apelada : LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA -GERENCIA REGIONAL DE SALUD de la CONSEJERÍA DE SANIDAD DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN- representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación procesal de la parte actora interpuso recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 3 de Valladolid de fecha 29 de marzo de 2010

, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "QUE DESESTIMANDO el presente recurso contencioso administrativo tramitado por el PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE DERECHOS FUNDAMENTALES interpuesto por FEDERACIÓN DE SINDICATOS MÉDICOS DE CASTILLA Y LEÓN ( CESMCYL) a tramitar por los cauces del Procedimiento para la Protección de Derechos Fundamentales contra la resolución del Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud- Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León adoptada en fecha 21 de enero de 2009 en contestación al requerimiento de cumplimiento del Pacto de Salida de Huelga de fecha 16 de abril de 2008, y ad cautelam frente a la inactividad de la Consejería por vulneración de los Derechos Fundamentales de libertad sindical y Huelga, entendiendo vulnerado el art. 28 de la Constitución Española, debo declarar y declaro que no existe vulneración del derecho fundamental alegado"

SEGUNDO

Admitido el citado recurso y evacuado el oportuno traslado, la parte demandada se opuso a la apelación y solicitó la revocación de la sentencia de instancia y que se declarasen conformes a derechos los actos impugnados. No se solicitó el recibimiento a prueba, ni la celebración de vista o presentación de conclusiones.

TERCERO

Transcurridos los plazos de los artículos 85.2º y de la Ley de la Jurisdicción, se elevaron los autos y el expediente administrativo a la Sala.

CUARTO

Por Diligencia de Ordenación de 30 de septiembre de 2010 se acordó la formación y registro del presente rollo de apelación, designándose ponente del mismo al Ilustrísimo Señor Magistrado don ANTONIO JESUS FONSECA HERRERO RAIMUNDO.

Declarado concluso el recurso se señaló para votación y fallo el día 16 de noviembre de 2010.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO JESUS FONSECA HERRERO RAIMUNDO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación se ha interpuesto frente a sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 3 de Valladolid de fecha 29 de marzo de 2010, que desestimaba el recurso interpuesto por la Federación de Sindicatos Médicos de Castilla y León (CESMCYL) contra la resolución del Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León adoptada en fecha 21 de enero de 2009 en contestación al requerimiento de cumplimiento del Pacto de Salida de Huelga de fecha 16 de abril de 2008, y ad cautelam frente a la inactividad de la Consejería por vulneración del Derecho Fundamental de Huelga, entendiendo vulnerado el artículo 28 de la Constitución Española.

SEGUNDO

En el recurso de apelación se imputan a la sentencia de instancia vicios que, integrados tanto por la indebida aplicación del ordenamiento jurídico como por la errónea valoración de la prueba, deben determinar su revocación.

Pero y con carácter previo, el recurso analiza la afirmación hecha por la juzgadora de instancia en el último de los párrafos del fundamento de derecho segundo de la sentencia en relación con la naturaleza de la resolución...

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