SAP Barcelona 196/2012, 15 de Marzo de 2012

PonenteMARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE
ECLIES:APB:2012:2822
Número de Recurso263/2011
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución196/2012
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCION DECIMOCTAVA

ROLLO Nº 263/2011

MODIFICACION DE MEDIDAS NÚM. 245/2010

JUZGADO de PRIMERA INSTANCIA 1 MARTORELL

S E N T E N C I A Núm.196/2012

Ilmos. Sres.

Dª. ANA MARIA GARCÍA ESQUIUS

Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO

Dª. Mª JOSÉ PEREZ TORMO

Dª. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE

En la ciudad de Barcelona, a quince de marzo de 2012

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Modificación de Medidas, número 245/2010 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Martorell a instancias de Dª. Felisa, contra D. Victor Manuel ; los cuales penden ante esta superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 30 de noviembre de 2010, por la Juez del expresado Juzgado, con la intervención del Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: ""FALLO: Desestimo la demanda presentada pel procurador Jorge Navarro Bujia que va actuar en representació de Felisa contra Victor Manuel qui va actuar representat pel procurador Carles Ferreres Vidal; tot això sense fer un pronunciament especial en matèria de costes".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal que presentaron escrito de oposición; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 14 de marzo de 2012.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente la Magistrada Ilma. Sra. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El objeto de la presente apelación es la medida relativa a la guarda de la hija común Jasmina nacida el 5 de enero de 1997. Por sentencia de 16 de enero de 2007 confirmada por sentencia de esta Sala de 30 de abril de 2008 se acordó un cambio de guarda atribuyéndose al padre. Los hechos que motivaron el cambio de guarda según se desprende de las resoluciones fueron la desatención de la menor, ausencia de higiene en la casa, nutrición inadecuada, ropa inadecuada, en definitiva encontrarse la menor en una situación de riesgo en el entorno materno en cuanto a su cuidado. En el presente procedimiento la madre solicita de nuevo la guarda de la menor alegando en síntesis que se ha producido un cambio en sus circunstancias y que la menor ha manifestado su voluntad de vivir con su madre.

La sentencia apelada ha denegado el cambio de guarda de la hija fundamentalmente por el contenido del informe psicosocial que no destaca la concurrencia de indicadores que aconsejen un cambio en la organización familiar, aun cuando aconsejan una mayor presencia de la madre que se hace difícil materializar al convivir ambos progenitores en poblaciones distintas, el padre y la hija en Barcelona y la madre en Esparraguera. Recoge asimismo la exploración de la menor.

Por la parte apelante se invoca como motivos de apelación el error en la valoración de la prueba en tanto se obvian las manifestaciones de la menor efectuadas al psiquiatra en cuanto a su preferencia por estar con su madre, apelando al derecho del menor a ser oído y la desaparición de la situación de riesgo apreciada en la anterior sentencia al haberse cerrado el expediente de protección y la incongruencia omisiva de la sentencia al no haberse pronunciado sobre la custodia compartida solicitada.

SEGUNDO

El primer motivo de apelación debe ser desestimado compartiendo la Sala los razonamientos de la Juez a...

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