SAP Madrid 122/2011, 29 de Diciembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Fecha29 Diciembre 2010
Número de resolución122/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección nº 16

Rollo: 14/2010 PO.

Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION Nº 5 de ALCALÁ DE HENARES

Proc. Origen: Sumario nº 1/2010

SENTENCIA Nº 122/10

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ILMO. /AS. SR. /AS.

Magistrados

Dª ROSA E. REBOLLO HIDALGO (Ponente)

  1. CARLOS ÁGUEDA HOLGUERAS

Dª ELENA PERALES GUILLÓ

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En MADRID, a veintinueve de diciembre de dos mil diez.

VISTA en juicio oral y público, ante la Sección 16 de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número 14/2010, procedente del Juzgado de Instrucción nº 5 de Alcalá de Henares y seguida por el trámite de SUMARIO 2/09 por delito de ROBO CON VIOLENCIA, INTIMIDACIÓN Y AGRESIÓN SEXUAL, contra Gabino, nacido en Madrid el día 1 de abril de 1974, hijo de José María y de María Pilar, con domicilio en Alcalá de Henares (Madrid), CALLE000 nº NUM000 - NUM000 NUM001, con D.N.I. nº NUM002, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, en libertad por esta causa, si bien estuvo privado de ella desde el 14-10-2009 al 10-12-2010.

Han sido partes, el referido procesado, representado por el Procurador Sr. Ruiz Benito, y defendido por el Letrado Sr. Almería Arencibia, así como el Ministerio Fiscal como parte acusadora.

Ha sido ponente de la causa la Magistrado, Ilma. Sra. Dª ROSA E. REBOLLO HIDALGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos de:

  1. un delito de ROBO CON INTIMIDACIÓN, CON USO DE INSTRUMENTO PELIGROSO, de los artículos 237 y 242.1 y 2 del Código Penal .

  2. Un delito de AGRESIÓN SEXUAL CON ACCESO CARNAL de los artículos 178 y 179 del Código Penal ; de dicho delitos responde criminalmente el acusado en concepto de autor; no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal; y procediendo imponer al acusado las siguientes penas: -Por el delito de robo con violencia, pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

-Por el delito de agresión sexual, pena de NUEVE AÑOS DE PRISIÓN e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena.

-Abono de las costas procesales.

-Asimismo, deberá ser condenado a indemnizar a Apolonia en 200 # por el dinero sustraído, en 250 # por las heridas causadas y en 6.000 # por el daño moral ocasionado.

SEGUNDO

La defensa de Gabino, en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como no constitutivos de delito, solicitando la libre absolución de su defendido.

HECHOS PROBADOS

El día de 12 de octubre de 2009, compareció en la Comisaría de Policía de Alcalá de Henares, denunciando que cuando se encontraba ejerciendo la prostitución en la calle Iplacea de dicha localidad, y tras haber llegado a un acuerdo para prestar sus servicios al conductor del vehículo matrícula F-....-FX y que resultó ser Gabino, mayor de edad, sin antecedentes penales no computables, se introdujo en dicho turismo y se alejaron a un descampado, y cuando Apolonia le pidió por adelantado el dinero fijado, le sacó un pincho de metal de grande dimensiones que le puso en el cuello a la vez que le exigía que le entregase el dinero que llevaba, apropiándose así de 200 euros, para tras ello obligarle a realizar una felación, la cual efectuó por miedo a ser lesionada, eyaculando su agresor en su boca, y haciendo que bajara del coche.

Identificado y detenido el acusado, prestó declaración ante el Juzgado de Instrucción, admitiendo haber mantenido relaciones sexuales consentidas, y en concreto una felación, por precio de 20 euros con la denunciante, si bien no se los abonó porque ésta, finalizado el servicio, le exigió 30 euros.

No ha sido...

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