SAP Madrid 599/2010, 16 de Diciembre de 2010
Jurisdicción | España |
Fecha | 16 Diciembre 2010 |
Número de resolución | 599/2010 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00599/2010
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 19
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98
N.I.G. 28000 1 7006868 /2010
RECURSO DE APELACION 423 /2010
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1143 /2008
JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 43 de MADRID
Apelante/s: MEDICAL WOLD TRADING COMPANY, S.L.
Procurador/es: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Apelado/s: RICHARD WOLF GMBH
Procurador/es: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
SENTENCIA NÚM. 599
Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. NICOLAS DIAZ MENDEZ
D. RAMON RUIZ JIMENEZ
D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
En MADRID a, dieciséis de diciembre de dos mil diez .
La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Procedimiento Ordinario nº 1134/08, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 43 de Madrid, y seguidos sobre reclamación de cantidad, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 423/10, en el que han sido partes, como apelantes y apelados MEDICAL WORLD TRADING COMPANY S.L., representada por el Procurador D. José María Ruiz de la Cuesta Vaca y de otra RICHARD WOLF GMBH, que vino al litigio representado por el Procurador D. Federico Ortiz-Cañavate Levenfeld, habiendo estado ambas partes defendidas por Letrado. VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y
Con fecha el Juzgado de 1ª Instancia nº 43 de Madrid, en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
" Que estimo parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de la mercantil MEDICAL WORLD TRADING COMPANY S.L., contra la entidad RICAHRD WOLF GMBH y condeno a la demandada a satisfacer al actor la suma de CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO CON NOVENTA EUROS, ( 45.168,90), e intereses previstos en el art. 576 de la LEC, absolviendo al demandado de las demás pretensiones ejercitadas de contrario. Cada parte habrá de abonar las costas causaas a su instancia y las comunes por mitad."
Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de MEDICAL WORLD TRADING COMPANY S.L., así como por la representación procesal de RICAHRD WOLF GMBH que formalizaron adecuadamente y del que, tras ser admitidos en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opusieron al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que de inmediato se abrió el correspondiente rollo de Sala.
En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el 14 de diciembre de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y
La sentencia que se recurre, estimaba en parte la demanda presentada por MEDICAL WORLD TRADING COMPANY S.L. contra RICHARD WOLF GMBH, condenando a la demandada al pago de 45.168,90 euros. Y desestimaba la reconvención interpuesta por la inicial demandada. Se alzan ambas partes contra la sentencia.
Escrito de preparación del recurso. Por una y otra partes, se presenta sucinto escrito de preparación del recurso, manifestando su voluntad de impugnar "todos los pronunciamientos de la sentencia "- escrito de Richard Wolf- o en expresión de la otra parte " todos y cada uno de los pronunciamientos".
Como pone de relieve la SAP Granada de 6 de julio de 2007, ""el recurso se ha de referir exclusivamente a los pronunciamientos impugnados según el escrito de preparación, pues sin perjuicio de la inicial flexibilidad interpretativa de la exigencia que previene el artículo 457.2 de la LEC sobre el contenido del escrito de preparación del recurso, motivada por la falta de criterios unánimes en la jurisprudencia dado la cercanía de la entrada en vigor de la norma, actualmente, la exigencia legal referida impone que...
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