SAP Cuenca 125/2010, 21 de Diciembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución125/2010
Fecha21 Diciembre 2010

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00125/2010

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de CUENCA

Domicilio: CALLE PALAFOX S/N

Telf: 969224118

Fax: 969228975

Modelo: 001200

N.I.G.: 16078 37 2 2010 0101009

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000074 /2010

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de CUENCA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000456 /2008

RECURRENTE: AUTOMATICOS TRANSVASE S.L.

Procurador/a: MARIA JOSEFA HERRAIZ CALVO

Letrado/a:

RECURRIDO/A:

Procurador/a:

Letrado/a:

Sentencia

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 125/2010

APELACIÓN PENAL NUM. 74/2010

Juicio Oral número 456/2008

Juzgado de lo Penal número 1

de Cuenca.

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Antonio Díaz Delgado. Magistrados:

D. José Eduardo Martínez Mediavilla.

D. Ernesto Casado Delgado.

Ponente: Sr. José Eduardo Martínez Mediavilla.

S E N T E N C I A Nº. 125/2010

En la ciudad de Cuenca, a 21 de Diciembre de dos mil diez.

Vistos en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Oral núm. 456/2008, procedentes del Juzgado de lo Penal número 1 de esta capital y en virtud del recurso de apelación interpuesto por la entidad AUTOMÁTICOS TRANSVASE, S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Josefa Herráiz Calvo y defendida por el Letrado D. Rafael Fernández Frías, contra la Sentencia pronunciada por dicho Juzgado en fecha 11 de Febrero de 2010, figurando como parte apelada D. Ricardo y Dª. Carmen, representados por la Procuradora de los Tribunales Dª. Yolanda Segovia Rubio y defendidos por el Letrado D. Carlos Risueño Jiménez, y el MINISTERIO FISCAL; y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don José Eduardo Martínez Mediavilla.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal num. 1 de Cuenca se dictó Sentencia, en fecha 11 de Febrero de 2010, en la que se declaran los siguientes hechos probados: ...que el día 8 de marzo de 2006 el acusado Ricardo, de nacionalidad española, con D.N.I. nº NUM000, mayor de edad y sin antecedentes penales, en su calidad de titular del negocio de hostelería denominado "Venta Juan Antonio", suscribió con la entidad Automáticos Transvase S.L. un contrato de instalación de máquinas recreativas, con correlativo acuerdo de reconocimiento de deuda, por importe de 10.000 euros, por el que se comprometía a satisfacer esa cantidad en plazos semanales y a no enajenar ni gravar bienes de su propiedad, entregando como garantía un pagaré expedido en la misma fecha, abonando posteriormente solo 2.360 euros, por lo que quedan pendientes de pago 7.640 euros, no pudiéndose hacer efectivo el pagaré una vez presentado al cobro; asimismo, el acusado, en fecha 20 de junio de 2006, con conocimiento de su condición de deudor y obligado a hacer frente al pago de la cantidad antes reseñada, procedió a la venta del único bien inmueble de su propiedad, vivienda sita en la localidad de Casas de Haro, mediante escritura pública celebrada en la localidad de San Clemente, partido provincial de Cuenca, constando como compradora su hija Carmen, a fin de que la entidad Caja Castilla La Mancha concediera una ampliación de la hipoteca ya existente sobre la casa, la cual debía hacerse a nombre de Carmen por edad y plazo de amortización, sin que haya quedado acreditado en el acto de la vista que Ricardo e Carmen se situaran voluntariamente en estado de insolvencia excluyendo el elemento patrimonial a las posibilidades de ejecución ni que conocieran no consintieran el carácter fraudulento de la operación.

El Fallo de la Sentencia recurrida presenta el siguiente tenor literal: "Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO a Ricardo, en libertad provisional por esta causa, de nacionalidad española, con D.N.I. nº NUM000, y a Carmen, en libertad provisional por esta causa, de nacionalidad española, con D.N.I. nº NUM001, del delito de alzamiento de bienes que se les imputaba en la presente causa, con imposición de las costas de oficio".

SEGUNDO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, la representación procesal de la entidad AUTOMÁTICOS TRANSVASE, S.L., interpuso recurso de apelación contra la referida Resolución. El recurso viene a fundamentarse, en síntesis, en error en la valoración de la prueba a la hora de establecer la inexistencia del elemento subjetivo del delito. El Juzgador de instancia fija la inexistencia del dolo específico de causar perjuicio al acreedor en las manifestaciones del...

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