STSJ Comunidad de Madrid 63/2012, 27 de Enero de 2012

PonenteJAVIER JOSE PARIS MARIN
ECLIES:TSJM:2012:709
Número de Recurso1753/2011
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución63/2012
Fecha de Resolución27 de Enero de 2012
EmisorSala de lo Social

RSU 0001753/2011

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00063/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 1753/11

Sentencia número: 63/12

CE

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilmo. Sr. D. JAVIER PARIS MARIN

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

En la Villa de Madrid, a VEINTISIETE DE ENERO DE DOS MIL DOCE, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 1753/11, formalizado por el Sr/a. Letrado/a D. MIGUEL ANGEL FORTEZA GIL, en nombre y representación de D. Eusebio contra el auto de fecha 21 de diciembre de 2010, dictado por el Juzgado de lo Social número 5 de MADRID, en sus autos número 508/10, seguidos a instancia de Eusebio frente a TELEVISIÓN AUTONOMÍA MADRID S.A., en reclamación de DERECHOS, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER PARIS MARIN, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se solicitó por la citada parte actora ejecución provisional de la sentencia de fecha 23 de junio de 2010, el Juzgado de lo Social, tras los pertinentes actos procesales de tramitación, dictó la resolución referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha auto recurrido en suplicación se consignaron los siguientes hechos probados:

PRIMERO

En fecha 14-7-10 la parte actora en los presentes autos solicitó la ejecución provisional de la sentencia recaída, para evitar que la demandada no procediese a cursar su baja laboral amparándose en la extinción del último contrato de interinidad como co9nsecuencia de la incorporación del sustituido.

SEGUNDO

Por diligencia de ordenación de fecha 20-7-10 se acordó no haber lugar a la ejecución por tratarse una sentencia declarativa.

TERCERO

Frente a la misma interpuso la parte actora recurso de reposición, en primer lugar por la forma de la resolución que denegó la ejecución provisional, ya que se realizó por diligencia de ordenación, y, en segundo lugar, por considerar que la sentencia si es ejecutable provisionalmente conforme al artículo 521 de la L.E.C .

TERCERO

En dicho auto recurrido en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"Se estima en parte el recurso de reposición interpuesto, en cuanto a la forma de la resolución que denegó la ejecución provisional, que ha quedado subsanada en la fundamentación jurídica, y se desestima en cuanto al contenido, dado que no procede la ejecución provisional ni definitiva frente a sentencia declarativas".

CUARTO

Frente a dicha resolución se anunció recurso de suplicación por la parte demandante, formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social de Madrid, tuvieron los mismos entrada en esta Sección Primera en fecha 31 de marzo de 2011 dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de autos al mismo para su conocimiento y estudio en 11 de enero de 2012, señalándose el día 25 de enero de 2012 para los actos de votación y fallo.

SÉPTIMO

En la tramitación del presente recurso de suplicación no se ha producido ninguna incidencia.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes

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