SAP Asturias 112/2012, 15 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución112/2012
Fecha15 Marzo 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

OVIEDO

SENTENCIA: 00112/2012

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 632/2011

NÚMERO 112

En OVIEDO, a quince de Marzo de dos mil doce, la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Oviedo, compuesta por Doña Nuria Zamora Pérez, Presidenta, Don José Antonio Soto Jove Fernández y Dª. María José Pueyo Mateo, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el recurso de apelación número 632/2011, en autos de MODIFICACIÓN DE MEDIDAS Nº 309/2011, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Luarca, promovido por D. Rodolfo, demandante en primera instancia, contra Dª. Diana, demandada en primera instancia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Antonio Soto Jove Fernández.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Luarca se dictó Sentencia con fecha veintiséis de Julio de dos mil once, cuya parte dispositiva es del tener literal siguiente:"Desestimando íntegramente la demanda de modificación de medidas definitivas formulada por Eutimio contra Diana, debo ABSOLVER Y ABSUELVO a la demandada de las pretensiones formuladas en su contra.- La parte actora abonará las costas.".- SEGUNDO.- Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandante recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día seis de Marzo de dos mil doce.- TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Recurre el demandante la desestimación por la sentencia de instancia de su pretensión de extinción de la pensión compensatoria reconocida a la demandada en Sentencia de divorcio de 29 de Septiembre de 2005 así como la de la atribución a la misma del uso y disfrute del domicilio que fue conyugal sito en Loza, Coaña, alegando como base para la supresión de la pensión compensatoria una alteración sustancial de las circunstancias consistente en que Dña. Diana lleva tiempo trabajando como asistenta en la llamada "Casa del Rey" y que en la liquidación de la sociedad de gananciales se le reconoció un crédito a cargo del actor de 63.402,04 euros y como base para dejar sin efecto la atribución del uso de la vivienda el hecho de que se trata de una vivienda privativa de D. Eutimio .

SEGUNDO

En los motivos del recurso, que delimitan los términos del debate en esta alzada de conformidad al art. 465-4 LEC, con relación al pedimento de extinción de la pensión compensatoria solo se alude al trabajo como asistenta antedicho, debiendo concluir con el Juzgador que no concurre prueba que permita motivar su desempeño tras la sentencia de divorcio, el primer testigo vierte al efecto referencias indirectas,...

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