SAP Madrid 130/2012, 8 de Marzo de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 130/2012 |
Fecha | 08 Marzo 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8MADRIDSENTENCIA: 00130/2012
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 8 ª
1280A
FERRAZ, 41
28000 1 0002012 /2011
RECURSO DE APELACION 314 /2011
Proc. Origen: JUICIO VERBAL 2341 /2009
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 64 de MADRID
De: INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)
Procurador: LETRADO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Contra: C.P. RONDA000 NUM000, Blanca,
Procurador: JOSÉ COLLADO MOLINERO,
SENTENCIA Nº 130/2012
Magistrada Única:
ILMA. SRA. Dª CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ
En Madrid, a ocho de marzo de dos mil doce. La Ilma. Sra. Magistrada Ponente expresada al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal nº 2341/2009, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 64 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandado-apelante, el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA), representado por el Letrado de la Comunidad de Madrid, y de otra, como demandante-apelada, la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS RONDA000 NUM000 DE MADRID, representada por el Procurador D. José Collado Molinero, y como demandada-apelada, DÑA. Blanca, no personada.
VISTO, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ .
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 64 de Madrid, en fecha dos de marzo de dos mil
diez, se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Que estimando la demanda formulada por el Procurador D. Domingo José Collado Molinero, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la Calle RONDA000, Nº NUM000, de Madrid, debo condenar y condeno a Dña. Blanca y al Instituto de la Vivienda de Madrid, a que abonen solidariamente a la actora la cantidad de 2.744,51 euros, todo ello con los intereses legales correspondientes desde la fecha de interposición de la demanda y con expresa imposición a las mismas demandadas de las costas causadas
en este proceso.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
No estimándose necesaria la celebración de vista, quedó en turno de resolución lo que se ha cumplido el día ocho de marzo de dos mil doce.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
El presente recurso de apelación trae causa del procedimiento iniciado en virtud de
demanda de juicio verbal presentada por la Comunidad de Propietarios RONDA000 nº NUM000 de Madrid contra el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA) y contra Dña. Blanca, en reclamación de la cantidad de 2.744,51 #, importe de las cuotas de la comunidad que habían resultado impagadas.
Con fecha 2 de marzo de 2010, el Juzgado de Primera Instancia número 64 de Madrid dictó sentencia estimando íntegramente la demanda, condenando, como consecuencia de ello, a las demandadas a abonar solidariamente a la actora la cantidad objeto de la pretensión.
Frente a la resolución que se cita, se formaliza recurso de apelación por la representación procesal del Organismo condenado.
La representación procesal de la recurrente entiende...
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