AAP Madrid 914/2012, 5 de Marzo de 2012
Jurisdicción | España |
Fecha | 05 Marzo 2012 |
Número de resolución | 914/2012 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección nº 5
ROLLO : RT 112/2012
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION Nº 2 de MOSTOLES
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 1111/2011 AUTO NÚM. 914/2012
Ilmos Magistrados.- D. ARTURO BELTRÁN NÚÑEZ
D. JESÚS ÁNGEL GUIJARRO LÓPEZ
Dª PILAR GONZÁLEZ RIVERO
En MADRID, a cinco de marzo de dos mil doce. HECHOS
En las DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 1111/2011 del JDO. INSTRUCCION Nº 2 de MOSTOLES se dictó providencia con fecha 9.01.12 por la que se denegó la personación en la presente causa de Dª Florinda en calidad de acusación particular.
Contra dicha providencia por la representación procesal de Florinda se interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación, y desestimado el primero por auto de 3.02.2012 se tuvo por interpuesto el segundo al que se dio trámite y al que se pone fin por medio del presente auto.
Debe estimarse el recurso. Las STS de 18/02/2005, 4/3/2009 y 30/3/2010, entre otras, permiten la personación del perjudicado, en parte, sobre una interpretación amplia de la tutela judicial efectiva ( Art. 24.1 CE ) y lo dispuesto en el art. 785-3 de la L.E.Criminal, si bien la actuación de esta parte en el juicio se limita a la posibilidad de interrogar a acusados, testigos y peritos y a informar, sin poder añadir hechos nuevos a los que han sido objeto de acusación por el Ministerio Fiscal, ni, por supuesto, tener derecho a que se retrotraigan las actuaciones a fin de formular un escrito de acusación autónomo. En este sentido se estimará el recurso.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 240 de la L.E. Crim ., se declaran de oficio las costas devengadas en esta alzada.
Vistos los art. mencionados, concordantes y demás de general y pertinente aplicación, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ARTURO BELTRÁN NÚÑEZ.
LA SALA DISPONE
ESTIMAR PARCIALMENTE el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de
Florinda contra la providencia de 9.01.12 y auto de 3.02.2012 dictados por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del JDO. INSTRUCCION Nº 2 de MOSTOLES en la causa a que este rollo hace referencia en el sentido expuesto, declarando de oficio las costas devengadas en la sustanciación del presente recurso.
Contra este auto no cabe recurso alguno.
Llévese testimonio de esta resolución al Rollo de Sala y al procedimiento,...
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