AAP Madrid 135/2012, 17 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución135/2012
Fecha17 Febrero 2012

D. TOMAS YUBERO MARTINEZ

SECRETARIO DE SALA

ROLLO APELACIÓN 107/12

EJECUTORIA 309/09

JUZGADO DE LO PENAL Nº 2 MOSTOLES

AUTO Nº 135

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILMOS SRS. DE LA SECCIÓN TERCERA

D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS

D. EDUARDO VÍCTOR BERMÚDEZ OCHOA

Dª ROSA REBOLLO HIDALGO

------------------------------------Madrid, 17 de febrero de 2012.

  1. ANTECEDENTES PROCESALES

PRIMERO

Por la representación de Juan Ignacio se interpuso ante el Juzgado de lo Penal nº 2 de

Móstoles recurso de apelación contra el Auto de fecha 29 de septiembre de 2011, dictado en la ejecutoria de referencia, en el que se declaró no haber lugar a la suspensión condicional de la pena por aplicación del art. 87 del Código Penal . Dado traslado al Ministerio Fiscal, solicitó la desestimación del recurso y la confirmación de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Repartido el recurso a esta sección de la Audiencia Provincial el día 15 de febrero de 2012, se señaló para la deliberación del mismo la audiencia del día de hoy, siendo ponente el Magistrado D. EDUARDO VÍCTOR BERMÚDEZ OCHOA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La decisión recaída se sustenta exclusivamente en la circunstancia de que en la sentencia

objeto de ejecución no se comprende ninguna afirmación en el sentido de que el condenado hubiera perpetrado el delito a causa de su dependencia a las drogas, sino tan sólo aplica la circunstancia atenuante de drogadicción.

De acuerdo con la doctrina jurisprudencial recaída sobre la toxicomanía, ya suficientemente reiterada ( Sentencias del Tribunal Supremo entre las más recientes de 1 y 22 de enero, 6, 14 y 27 de febrero, 19 de abril, 22 y 29 de mayo, 17 y 19 de junio, 17 de julio y 20 de septiembre de 2002, 29 de enero, 3 de octubre y 24 de noviembre de 2003, 21 de enero, 4 de febrero, 1 de marzo, 26 de abril, 3 de mayo, 24 de septiembre, 28 de octubre y 29 de noviembre de 2004, 29 de abril, 16 y 20 de mayo, 4 de noviembre y 29 de diciembre de 2005, 3 de marzo y 7 de abril de 2006, 20 de marzo, 18 de mayo y 19 de julio de 2007, 23 de abril, 23 de julio y 1 de diciembre de 2008, 2, 29 y 30 de abril de 2009, 12 de mayo de 2010 y 26 de abril de 2011 ), para la aplicación de la exención o modificación de la responsabilidad criminal es necesario que conste no sólo una formal adicción, sino que ésta, por su intensidad e incidencia en la facultades psíquicas del afectado, haya llegado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR