AAP Madrid 119/2012, 27 de Febrero de 2012
Ponente | MARIA DEL PILAR RASILLO LOPEZ |
ECLI | ES:APM:2012:3032A |
Número de Recurso | 93/2012 |
Procedimiento | APELACION AUTOS |
Número de Resolución | 119/2012 |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 29ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 29
MADRID
AUTO: 00119/2012
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección nº 29ª
Rollo: 93/12 RT
Órgano Procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 32 DE MADRID
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS 2983/09
AUTO Nº 119/12
Ilmos. Sres. Magistrados de la Sección 29ª
Presidente:
D. FRANCISCO FERRER PUJOL
Magistrados:
Dña. PILAR RASILLO LÓPEZ (Ponente)
Dña. ELENA PERALES GUILLÓ
En Madrid, a veintisiete de febrero de dos mil doce
- Por el Procurador D. Carlos Gómez Villalba, en nombre y representación de D. Nemesio
, se presentó escrito interponiendo recurso de apelación contra el Auto de 3 de enero de 2012, dictado por el Juzgado de Instrucción 32 de Madrid, por el que ratificaba la prisión provisional de dicho imputado decretada por el Juzgado de Instrucción 6 de Coslada, en funciones de guardia, en base a las alegaciones que hacía.
Admitido a trámite el recurso de apelación, se dio traslado al Ministerio Fiscal y demás partes, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal. Tras lo cual se formó el correspondiente testimonio de particulares, que fue remitido a esta Audiencia Provincial, formándose el Rollo núm. 93/12. Y solicitándose la celebración de vista se señaló para el día de hoy, compareciendo el Letrado de la parte apelante y el Ministerio Fiscal, que realizaron las alegaciones que entendieron en su derecho, tras lo cual se procedió a la deliberación, votación y resolución.
Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª PILAR RASILLO LÓPEZ.
- Se interpone recurso de apelación contra el Auto que ratificaba la prisión provisional de
D. Nemesio y que fue acordada por Auto de 14 de octubre de 2011, del Juzgado de Instrucción 6 de Coslada, en funciones de guardia. Resolución ésta que ha sido asimismo recurrida en apelación por este imputado, desestimándose el recurso por Auto de este Tribunal de 21 de diciembre de 2011, donde ya analizamos los indicios de criminalidad que existían contra el recurrente y tras valorar las circunstancias personales del recurrente, concluíamos con la necesidad de la medida; sin que en este nuevo recurso se aporten nuevos hechos, datos o circunstancias que modifiquen las que ya fueron tenidas en cuenta o desvirtúen aquéllos indicios y aquella necesidad de la medida fundamentalmente para evitar el riesgo de fuga. Al contrario, junto a los indicios que ya señalábamos en nuestro Auto de 21/12/2011 se añade la declaración del también imputado
D. Silvio que atribuye al hoy recurrente y al también imputado D. Carlos Daniel la propiedad de los casi 4 kilos de cocaína encontrados en su casa; imputándose asimismo ser la mano derecha de D. Carlos...
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