AAP Sevilla 644/2011, 4 de Noviembre de 2011

PonenteANGEL MARQUEZ ROMERO
ECLIES:APSE:2011:3085A
Número de Recurso3753/2011
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución644/2011
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 3ª

Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla

Avda. Menéndez Pelayo 2

NIG: 4109143P20090017435

Nº Procedimiento: Apelación Autos Instrucción 3753/2011

Asunto: 300588/2011

Procedimiento Origen: Diligencias Previas 524/2009

Juzgado Origen: JUZGADO DE INSTRUCCION Nº2 DE SEVILLA

Negociado: 1C

AUTO Nº 644/2011

ILMOS. SRES.

D. ÁNGEL MÁRQUEZ ROMERO

Dª INMACULADA JURADO HORTELANO

D. JOSÉ MANUEL HOLGADO MERINO

En la ciudad de Sevilla, a cuatro de noviembre de dos mil once. HECHOS

Primero

La Procuradora Dª Aurora Ruiz Alcantarilla en nombre de Teofilo, interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación contra el auto de 4 de marzo de 2011, en el que se denegaba la reapertura de las diligencias que habían sido sobreseídas por auto de 4 de marzo de 2009. En auto de 8 de abril de 2011 se rechazó el recurso de reforma.

El Mº Fiscal, y la representación procesal de la denunciada Macarena, se han opuesto a la estimación del recurso.

Segundo

Tras los trámites de Ley, se elevaron las actuaciones a la Audiencia Provincial, turnándose las mismas a ésta Sección Tercera, donde se formó el oportuno rollo y se turnó la ponencia que recayó en el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente de la misma, D. ÁNGEL MÁRQUEZ ROMERO.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
Primero

Una vez examinadas las actuaciones y valoradas las alegaciones formuladas por las partes y el informe del Mº Fiscal, contrario a la admisión del recurso, procede desestimar la apelación planteada contra el auto de fecha 8 de abril de 2001 que ratifica el auto de 4 de marzo anterior, en el que se deniega la reapertura de la causa que había sido sobreseída por auto de 4 de marzo de 2009, por no estar debidamente justificada la perpetración del delito de falsedad que fue inicialmente objeto de imputación por parte del denunciante.

Segundo

El apelante el 5 de febrero de 2009, como administrador único de la entidad DIVALUNA S.L., presentó denuncia contra Macarena, asesora fiscal y contable de la misma, por posible falsedad documental, referida a un documento firmado por los socios mayoritarios, que el denunciante afirmaba que no se correspondían con la firma verdadera de éstos, porque la conocía perfectamente, por de la de su madre y hermano.

Posteriormente, en declaración ante el Instructor, el recurrente matizó su aseveración, manteniéndola respecto a la firma de su hermano, y mostrando dudas sobre la de su madre.

Por su parte, la imputada, al prestar declaración, acreditó la infundía contenida en la denuncia, mediante la aportación de distintos correos electrónicos en los que se observa la procedencia y destino dado al escrito cuyas firmas si tildan de falsarias, así como acta notarial en la que el hermano y madre del apelante reconocen haber estampado sus firmas en dicho documento, y las reconocen como propias.

Ante la evidencia de dichas pruebas, quedaba claro que no existió falsedad alguna, y por ello se acordó el sobreseimiento de las actuaciones.

No obstante ello, el denunciante, casi dos años después, sin constar la situación que mantenía en la sociedad, se personó en las actuaciones, e insiste en su imputación en cuanto al delito de falsedad atribuido a la Sra. Macarena, concretando la actuación denunciada al hecho de " haber aportado en el Juzgado y a sabiendas un documento con presunta firma falsa, para colaborar e impedir al socio su derecho de información ", y además, calificaba esta acción como integradora de un delito societario, por lo que interesaba la reapertura de la causa. Petición que no ha sido aceptada, como no podía ser de otro modo, por las siguientes hechos:

  1. - El documento controvertido, en ningún momento consta que haya sido aportado por la denunciada al Juzgado.

  2. - Se ha unido a las actuaciones, a instancias de la defensa, fotocopia del Permiso de conducir y del D.N.I. de Pablo Jesús, hermano del apelante, donde aparece estampada su firma,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR