AAP Valencia 152/2011, 21 de Noviembre de 2011

PonenteMARIA FILOMENA IBAÑEZ SOLAZ
ECLIES:APV:2011:800A
Número de Recurso420/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución152/2011
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

Rollo nº 000420/2011

Sección Séptima

AUTO Nº 1 5 2

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

Dª MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA

Magistrados/as:

Dª PILAR CERDAN VILLALBA

Dª MARIA IBAÑEZ SOLAZ

En Valencia a veintiuno de noviembre de dos mil once.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, Cuestión de competencia suscitada entre los Juzgados de Primera Instancia número Uno de los de Valencia y Juzgado de Primera Instancia número Dos de gandía, entre partes; de una en grado de apelación los autos de Juicio Verbal - 000854/2011, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 1 DE VALENCIA, entre partes; de una como - apelante/s MAPFRE FAMILIAR SEGUROS, representado por el/la Procurador/a D/Dª JAVIER ROLDAN GARCIA, y de otra, como - apelado/s IBERDROLA DISTRIBUCION ELECTRICA SAU.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr/Sra. Magistrado/a D/Dª. MARIA IBAÑEZ SOLAZ. H E C H O S:

PRIMERO

Por la Procurador Sra. Román Pascual, en nombre de Mapfre, se presentó demanda de Juicio Verbal, número 12 de 2.011, ante el Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Gandía, habiéndose dictado Auto en fecha once de abril de dos mil once, en el cual el Juzgado se declaraba incompetente para conocer de la demanda de juicio verbal, indicando que la competencia correspondía a los Juzgados de Valencia. Presentada la demanda ante el Juzgado de Primera Instancia número Uno de los de Valencia, correspondiendo los autos de Juicio Verbal 844/2011, por dicho Juzgado, se dictó Auto, nº 211, de fecha 9 de mayo de 2.011, en el cual se declaraba la falta de competencia territorial de ese Juzgado para conocer de la demanda formulada por Mapfre contra Iberdrola, remitiéndose las actuaciones a la Audiencia Provincial de Valencia, superior común de ambos Juzgados, para la resolución del conflicto planteado, sin ulterior recurso.

SEGUNDO

Remitidas las actuaciones a esta Audiencia donde se ha tramitado el recurso, se nombró Magistrada Ponente, y señalándose para la Votación y Fallo el día nueve de noviembre de dos mil once, fecha en la que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por MAPFRE Familiar Seguros, se formuló demanda de juicio verbal contra la mercantil "Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U." en reclamación de 1.160 euros...

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