SAP A Coruña 452/2011, 2 de Diciembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 452/2011 |
Fecha | 02 Diciembre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
A CORUÑA
SENTENCIA: 00452/2011
Rúa. Capitán Juan Varela.
Edef. Audiencia 2ª Planta
( 981-18.20.74-, 75 ou 3 6
6 981-18.20.73
N./Rfª.: Rollo (RP) APELACION PROC. ABREVIADO Nº 360/2011-T
ORGANO DE PROCEDENCIA.: JUZGADO DE LO PENAL N. 5 DE A CORUÑA
PROCEDIMIENTO ABREVIADO 9/2010
APELANTE.: Modesto
Procurador.: BELEN CASAL BARBEITO
Letrado.: MARIA INMACULADA FRAGA LOPEZ
APELADO.: MINISTERIO FISCAL
ILMA. Sra. PRESIDENTA
DOÑA MARIA DEL CARMEN TABODA CASEIRO
ILMOS. Sres. MAGISTRADOS
DON LUIS BARRIENTOS MONGE-Ponente
DOÑA Mª DOLORES FERNÁNDEZ GALIÑO
En A Coruña, a dos de diciembre de dos mil once.
LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, integrada por los
Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado
En nombre de S.M. el Rey
La siguiente
SENTENCIA Nº 452
En el recurso de apelación penal Nº 360/2011, interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 5 de los de A Coruña, en el Juicio Oral Núm.: 9/2010, seguidas de oficio por un delito de lesiones por imprudencia, figurando como apelante el acusado Modesto, representado y defendido por los profesionales arriba mencionados, y como apelado el MINISTERIO FISCAL; siendo Ponente del presente recurso el Ilmo. Sr. LUIS BARRIENTOS MONGE . ANTECENDENTES DE HECHO
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal Nº 5 de los de A CORUÑA con fecha 02-05-2011, dictó Sentencia y cuya Parte Dispositiva dice como siguiente " FALLO: Que debo condenar y condeno a Modesto como autor criminalmente responsable de DOS delitos de lesiones por imprudencia grave en concurso ideal en relación con un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, ya definidos, concurriendo la agravante de reincidencia, a las penas de PRISIÓN de SEIS MESES, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo periodo, y PRIVACIÓN del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante CUATRO AÑOS, lo que conlleva la pérdida de vigencia del permiso o licencia que le habilita para la conducción de vehículos a motor y ciclomotores.
Que debo condenar y condeno a Modesto como autor criminalmente responsable de un delito de quebrantamiento de condena, ya definido, concurriendo la agravante de reincidencia cualificada, a la pena de MULTA DE TREINTA MESES con una cuota diaria 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas que deje de pagar. Y al pago de las costas de este juicio.
Una vez firme esta sentencia comuníquese la presente sentencia a la Dirección General de Tráfico a los efectos de su anotación en el Registro de conductores e infractores, a cuyo fin líbrese el correspondiente oficio (art. 93 de la Ley 18/2009 de 23 de noviembre por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora).
Y asimismo, comuníquese la misma al Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.".
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de Modesto, que fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 23- 09-11, dictado por el instructor, acordando darle traslado prevenido en el artículo 790.6 de la ...
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