STSJ Galicia 1207/2011, 9 de Diciembre de 2011
Ponente | JUAN CARLOS FERNANDEZ LOPEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2011:10175 |
Número de Recurso | 4286/2009 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 1207/2011 |
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 2011 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2
A CORUÑA
SENTENCIA: 01207/2011
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 4286/2009
EN NOMBRE DEL REY
La Sección 002 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA
Ilmos. Sres.D.
JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA
JOSÉ MARÍA ARROJO MARTINEZ
JUAN CARLOS FERNÁNDEZ LÓPEZ
A Coruña, nueve de diciembre de dos mil once.
En el recurso contencioso-administrativo que con el nº 4286/2009 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Don Agustín .,representado por la Procuradora Doña Dolores Neira López y dirigido por el Letrdo Don Jose Luis Narbón García, contra la Orden de 11 de marzo de dos mil nueve sobre aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de Oleiros publicada en el D.O.G.A nº 73/09 de fecha 17 de abril de 2009 .Es parte como demandada la Consellería de Política Territorial Obras Públicas y Transportes representada y dirigida por el Sr. Letrado de la Xunta de Galicia y como codemandado el Ayuntamiento de Oleiros representado por el Procurador Don Javier Garaizabal García de los Reyes y dirigido por el letrado don Carlos Hernández López. La cuantía del recurso es indeterminada.
La representante procesal de don Agustín interpone recurso contencioso-administrativo contra la Orden de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes de 11.03.09, que aprobó definitivamente de forma parcial el Plan general de ordenación municipal de Oleiros.
Admitido el recurso a trámite, se han presentado los escritos de demanda y contestación, a lo que ha seguido la práctica de la prueba documental, testifical-pericial y pericial judicial interesadas; seguidamente se han formulado las conclusiones y, a su término, se ha declarado finalizado el debate procesal.
Mediante providencia de 09.11.11 se ha señalado el día 01.12.11 para la votación y fallo, que ha tenido lugar en dicha fecha.
Se han observado todas las prescripciones legales.
Es ponente el señor magistrado don JUAN CARLOS FERNÁNDEZ LÓPEZ.
En el Diario Oficial de Galicia del 17.04.09 (con corrección en el de 28.04.09) se publicó la Orden de 11.03.09 de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes, que aprobó definitivamente, y de forma parcial, el Plan general de ordenación municipal de Oleiros, texto cuya nulidad pretende la representante procesal de don Agustín, con fundamento en que ha alterado las determinaciones del convenio urbanístico que aprobó el pleno del Ayuntamiento de Oleiros, en sesión celebrada el 16.05.06, para el desarrollo del "Plan especial de reforma interior 5R, de Mera", en concreto por haber elevado del 20% al 60% el número de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública.
A la pretensión anulatoria y a sus motivos se oponen el letrado de la Xunta de Galicia y el representante procesal del Ayuntamiento de Oleiros, que sostienen que el incremento en esa reserva se impone en la ley y que el referido convenio ya contenían dos cláusulas (la cuarta y la quinta ) que obligaban a adaptar sus determinaciones para ajustarlas a las normas urbanísticas vigentes en cada momento y a la aprobación definitiva de la revisión del plan, como así se hizo en el plan impugnado que, a su juicio, es conforme a derecho.
Las sentencias de esta sala de 14.02.08 y 04.03.10 han recordado que el plan dibuja el modelo territorial factible y adecuado para desarrollar la personalidad de ese ámbito y la convivencia de quienes lo habitan, a quienes se les debe dar la debida participación para asegurar el interés...
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