SAP Valencia 704/2011, 21 de Diciembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 704/2011 |
Fecha | 21 Diciembre 2011 |
Rollo nº 000224/2011
Sección Séptima
SENTENCIA Nº 704
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
Dª Mª Carmen Escrig Orenga
Magistrados/as
D. José A. Lahoz Rodrigo
Dº María Ibañez Solaz
En la Ciudad de Valencia, a veintiuno de diciembre de dos mil once.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 000262/2010, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE PATERNA, entre partes; de una como demandantes - apelante/s Candida, Genaro y Macarena, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. LUIS MARTINEZ HERNANDEZ y representado por el/la Procurador/a D/Dª MARIA JOSE JUAN BAIXAULI, y de otra como demandado - apelado/s C.P. C/ DIRECCION000, NUM000 A DE PATERNA, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. y representado por el/la Procurador/a D/Dª FRANCISCO JAVIER UCLES MUÑOZ.
Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. Mª Carmen Escrig Orenga.
En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE PATERNA, con fecha 21 de octubre de 2010, se dictó la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO la excepción de caducidad alegada por la COMUNIDAD DEPROPIETARIOS DIRECCION000 nº NUM000 de PATERNA y DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO la presente demanda formulada por el/la procurador/a D./Dª Mª José Juan Baixauli en nombre y representación de D./Dª Candida, D./Dª Genaro y D/Dª Macarena, absolviendo a la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 nº NUM000 de PATERNA de las pretensiones objeto de este procedimiento e imponiendo el pago de las costas a los actores, y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el Libro de Sentencias, la cual es recurrible mediante recursod e Apelación a preparar en este Juzgado en el plazo de cinco días y en la forma del art. 457 de la
L.E.C ..
Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 19 de diciembre de 2011 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar. TERCERO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
La representación procesal de doña Candida, don Genaro y doña Macarena formularon demanda de juicio ordinario contra la Comunidad de Propietarios del inmueble ubicado en Paterna, DIRECCION000 núm. NUM000, instando la declaración de nulidad de las actas de las juntas de propietarios celebradas los días:
27 de diciembre de 2006.
14 de septiembre de 2007.
4 de enero de 2008.
11 de marzo de 2009.
Alegando que no fueron convocados a algunas de las juntas, que no tuvieron conocimiento del orden del día, que no se les notificaron las juntas, y que nunca se procedió a la lectura y aprobación del acta de la junta anterior.
En segundo lugar invocan que la Comunidad de Propietarios adoptó un acuerdo inicial unánime y pacíficamente aceptado por el que se establecía un sistema de distribución de gastos que se ha modificado sin cumplir los requisitos previstos en la Ley de Propiedad Horizontal, por el cual se pretenden modificar las cuotas de participación de algunos propietarios.
Concreta que se ha alterado el coeficiente de participación asignado a las viviendas en la declaración de obra nueva, asignándoles un coeficiente igual de 2,25%, pese a que en el título constitutivo unas tienen una cuota de 2,25% y otras de 2,35% y que en la junta de 2009 se ha tratado de imponer un tercer sistema, distinto al...
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SAP Valencia 268/2012, 3 de Mayo de 2012
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