STSJ Andalucía 3454/2011, 19 de Diciembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 3454/2011 |
Fecha | 19 Diciembre 2011 |
1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE GRANADA
SECCIÓN PRIMERA ( REFUERZO)
ROLLO NÚM. 809/09
JUZGADO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. DOS DE GRANADA
SENTENCIA NÚM. 3.454 DE 2.011
Ilma. Sra. Presidenta :
Doña María R. Torres Donaire
Iltmos. Sres. Magistrados
Doña Beatriz Galindo Sacristán
Don Jorge Muñoz Cortés
Doña María del Mar Jiménez Morera
--------------------------------------------------- En la Ciudad de Granada, a diecinueve de diciembre de dos mil once. Ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso de apelación número 809/09 dimanante del Procedimiento Abreviado núm. 567/08 seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Dos de los de Granada, siendo parte apelante Don Jesús Ángel
, representado y dirigido por el Letrado Don/Doña Salvador Alcalde Parejo, y parte apelada la DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Abogado del Estado.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo mencionado, en el recurso tramitado ante el mismo con el número reseñado, dictó auto de fecha 10 de octubre de 2.008 en el que se acordaba el archivo de las actuaciones.
Contra dicho auto se interpuso recurso de apelación, del que, tras ser admitido en un solo efecto por el Juzgado, se dio traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de 15 días formularan su oposición, presentándose por la parte apelada escrito de impugnación de dicho recurso.
Elevadas las actuaciones a esta Sala se formó el oportuno rollo, se registró, se designó Ponente para la tramitación y al no haberse solicitado prueba, ni vista o conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones para dictar la resolución procedente.
Asignado el recurso de apelación a la sección de refuerzo de la Sala, se designó como nuevo ponente a la Ilma. Sra. Magistrada doña María R. Torres Donaire, señalandose para la deliberación, votación y fallo el día y hora que consta en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.
El auto apelado decretó el archivo del recurso contencioso-administrativo citado en el encabezamiento de esta sentencia, interpuesto por el Letrado reseñado, en nombre del súbdito extranjero apelante, y cuyo objeto era la impugnación de la resolución de la Delegación del Gobierno en Andalucía, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra la resolución de la Comisaria de Policía de Motril, por la que se acordó la devolución del mencionado extranjero a su país de origen.
La razón que justificó dicho archivo de las actuaciones del recurso fué la falta de subsanación, en el plazo concedido al efecto, del defecto apreciado en relación con la necesidad de acreditar la representación que se atribuía el Abogado y/o Procurador, para actuar en nombre del extranjero recurrente.
La base argumental de la apelación interpuesta se sustenta, en síntesis, en la estimación de que el auto apelado no es conforme a derecho, en cuanto que archiva las actuaciones, sin tener en cuenta que el letrado actuante en nombre del extranjero, fué designado en turno de oficio para asistencia al detenido, lo cual comporta, a su juicio, la encomienda de las gestiones necesarias para la defensa de los intereses del mismo, tanto en vía administrativa como jurisdiccional, incluyendo la solicitud del beneficio de justicia gratuita.
Planteada así la cuestión, debemos reseñar que el propio Tribunal Constitucional - entre otros, en el Auto de 30 de noviembre de 2009, dictado en el recurso de amparo 2108/2009 - ha declarado que el derecho de acceso al proceso no puede arbitrarse de cualquier manera, sino que ha de hacerse por las vías procedimentales legalmente establecidas, siendo imprescindible a tal respecto la exteriorización de la voluntad del actor de conceder el poder de postulación al letrado o procurador de que se trate, bien a través de su designación para...
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